III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-9264)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de oficinas corporativas del grupo Siemens Gamesa Renewable Energy.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Jueves 3 de junio de 2021

Artículo 22.

Sec. III. Pág. 68096

Antigüedad.

Se establece un complemento de antigüedad común para todo el ámbito de
aplicación del presente convenio cifrado para el año 2021 en 261,83 € por trienio de
antigüedad adquirido y sin que esta cifra tenga limitación por años.
A partir del año 2022, será actualizada con el incremento universal correspondiente.
Su percepción se realizará en un solo pago anual que se hará efectivo en fecha 30
de junio para las personas con entrada efectiva en SGRE en el primer semestre del año,
y el 31 de diciembre para aquellas con entrada durante el segundo semestre.
Para el cómputo de la antigüedad a efectos retributivos se tendrán en cuenta
aquellas situaciones con complementos de antigüedad previos que hubieran sido
consolidados en forma de salarios o de complementos personales.
Artículo 23. Tablas Salariales.
Las Tablas salariales a partir del año 2022 se actualizarán con el incremento
universal.
Se establecen las siguientes tablas salariales para el año 2021:
Referencia salarial o subnivel (€/año)
Grupo/Nivel
N1

Artículo 24.

N2

N3

N4

3

38.606,63 42.081,38 47.422,65 52.787,50

4A

32.376,68 36.421,33 40.789,88 44.053,48

4B

29.779,33 33.500,08 37.524,23 40.525,43

5

24.941,33 29.365,23 31.511,58 34.032,05

Retribución variable.

Grupo 4: Se establece una retribución variable según política de SGMBO (Gestión
por Objetivos de SGRE) común para todo el grupo 4, con un target del 10%.
Se consolidará en el salario base hasta un 60% del target del 10%, pasando éste a
ser del 4% para los puestos administrativos o técnicos.
Grupo 5: Se establece para el Nivel 5, una retribución variable para toda la plantilla
encuadrada en el mismo con un target del 10%, al que se asignará un nivel de
cumplimentación igual al del promedio del departamento en el que se ubique el puesto.
Se consolidará en el salario base hasta un 60% del target del 10%, pasando a éste a
ser del 4% para todo el personal de dicho Grupo.
Grupo 3: La retribución variable correspondiente al Grupo 3 se gestionará mediante
la política del SGMBO y su target será, en cualquier caso, como mínimo un 15%.
A los efectos de negociar una posible solución de compensación para el Grupo 4, se
continuará con la actual mesa de trabajo durante la vigencia del presente Convenio
Colectivo.
Retribución en especie y Retribución Flexible.

Ayuda a la comida:
– Centros del entorno de Pamplona: Durante la vigencia del presente convenio se
mantendrá el servicio de comedor existente en el centro de Sarriguren, y el de ayuda a la
comida en los otros centros, así como el coste en 0€ de la comida diaria.
– Resto de los centros: se establece un sistema de ayuda a la comida,
subvencionado de forma equivalente para equiparar al conjunto de los centros de trabajo
incluidos en el ámbito del presente convenio donde la empresa no tenga servicio de
comedor como en Pamplona, que será suprimida esta ayuda directa en el caso de

cve: BOE-A-2021-9264
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 25.