I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2021-9175)
Real Decreto 389/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Miércoles 2 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 67333

CAPÍTULO II
Estructura orgánica de la Agencia Española de Protección de Datos
Sección 1.ª
Artículo 12.

De la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos

La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos.

1. La persona titular de la Presidencia de la Agencia Española de Protección de
Datos tendrá la consideración de alto cargo, con rango de Subsecretario y será designada
de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 48 de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y solo cesará por las causas que en el mismo se
establecen.
2. La persona titular de la Presidencia poseerá la titulación, la experiencia y las
aptitudes, en particular en el ámbito de la protección de datos personales, necesarias para
el cumplimiento de sus funciones y el ejercicio de sus poderes.
3. La persona titular de la Presidencia cesante continuará en funciones hasta la toma
de posesión de la nueva persona titular de la Presidencia.
4. Es un cargo de dedicación exclusiva, está sujeto al régimen de incompatibilidades
de los altos cargos de la Administración General del Estado, y será incompatible con el
ejercicio de cualquier actividad pública o privada, retribuida o no, salvo las que sean
inherentes a su condición de titular de la Presidencia de la Agencia Española de Protección
de Datos.
5. Las retribuciones de la persona titular de la Presidencia se fijarán de acuerdo con
lo dispuesto en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen
retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y
otras entidades.
6. De la Presidencia depende directamente, como órgano directivo, la Adjuntía a la
Presidencia.
7. Asimismo, dependen directamente de la Presidencia los siguientes órganos con
nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Inspección de Datos.
b) La Subdirección General de Promoción y Autorizaciones.
c) La Secretaría General.
8. También dependen directamente de la Presidencia, con el nivel que se determine
en la relación de puestos de trabajo, las siguientes divisiones:
La División de Relaciones Internacionales.
La División de Innovación Tecnológica.

Artículo 13.
1.

Funciones de la Presidencia.

Corresponde a la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos:

a) La dirección de la Agencia.
b) Ostentar su representación legal e institucional.
c) Aprobar las Circulares de la Agencia Española de Protección de Datos, de
conformidad con lo previsto en el artículo 6 del presente Estatuto.
d) Dictar las resoluciones y directrices que requiera el ejercicio de las funciones de la
Agencia, en particular las derivadas del ejercicio de las competencias previstas en el
artículo 57 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27
de abril de 2016, y del ejercicio de los poderes de investigación y de los poderes correctivos
dispuestos en el artículo 58 del citado Reglamento.
e) Acordar la realización de planes de auditoría preventiva y dictar las directrices
generales o específicas que resulten de las mismas.

cve: BOE-A-2021-9175
Verificable en https://www.boe.es

a)
b)