I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2021-9174)
Real Decreto 388/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E. (SAECA) por titulares de explotaciones agrarias, de operadores económicos del sector pesquero o de industrias agroalimentarias que garanticen préstamos para su financiación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Miércoles 2 de junio de 2021

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d) En el caso de los operadores económicos del sector pesquero recogidos en el
artículo 3.1.c), el documento acreditativo de ser titular de la entidad y de estar incluido en
una de las CNAE previstas en el artículo 3.1.c)
e) En el caso de los operadores recogidos en el artículo 3.1.d):
i. Hoja de asiento de inscripción marítima actualizada del buque, completa, literal y
certificada en todas sus páginas.
ii. Declaración responsable de que la hoja de asiento contiene la información
actualizada y que el armador está dado de alta en el Instituto Social de la Marina (ISM),
en el Registro General de la Flota Pesquera y en posesión de la licencia de pesca en
vigor al inicio del periodo de referencia.
f) En el caso 3.1.e) relativo a las entidades asociativas pesqueras, documentación
justificativa emitida por la autoridad competente en la que conste la fecha de
reconocimiento de la entidad asociativa.
g) El anexo I debidamente cumplimentado, que contendrá un modelo de
declaración sobre la no concurrencia de las circunstancias del artículo 13.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de acuerdo con lo señalado por el artículo 4.
h) Una declaración referida a las ayudas de minimis obtenidas durante los dos
ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que estén sujetas al
Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013, al Reglamento (UE) n.º
1408/2013, de 18 de diciembre de 2013, al Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la
Comisión de 27 de junio de 2014, o a otros reglamentos de minimis, según corresponda.
i) Una declaración de no ser deudor por procedencia de reintegro de cualquier
subvención pública.
j) En el caso de empresas del sector de la pesca y la acuicultura, una declaración
tal y como recoge el anexo III, indicando que las operaciones subvencionables no se
encuentran excluidas expresamente de la aplicación del artículo 1, apartado 1,
Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión de 27 de junio de 2014.
La presentación de la solicitud implica:

a) La autorización a SAECA para recabar de la Tesorería General de la Seguridad
Social información relativa al cumplimiento de las obligaciones de la Seguridad Social en los
términos previstos en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. No obstante,
el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar los
correspondientes certificados junto con la solicitud en los términos previstos en el artículo 22
del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. A estos efectos, cuando la cuantía
de la subvención concedida no supere los 3.000 euros, el solicitante podrá presentar
declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
con la Seguridad Social, que substituirá a la presentación de las certificaciones. En este
caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención se
deberá requerir la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos
contenidos en la citada declaración, en un plazo no superior a 15 días.
b) La potestad de SAECA de comprobar los datos de identidad del representante de la
entidad o de la persona física, mediante consulta al Sistema de Verificación de Datos de
Identidad previsto en el artículo único, apartado 3, del Real Decreto 522/2006, de 28 de abril,
por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los
procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos
públicos vinculados o dependientes. No obstante, el interesado podrá denegar expresamente
el consentimiento debiendo aportar entonces copia del DNI, NIF o pasaporte o documento
equivalente en caso de extranjeros, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo.
c) Recabar de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) información relativa
a la contratación del seguro, y de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y
Formación Agroalimentaria información relativa a la inscripción de los solicitantes en el

cve: BOE-A-2021-9174
Verificable en https://www.boe.es

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