I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-9178)
Corrección de errores de la Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de casación europeos.
164 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Miércoles 2 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 67458
2. A continuación, se evalúa el descuadre D, producido (por diferencia con el total
de la demanda aceptada en caso de que el reparto afecte a las ofertas de venta o con el
total de la oferta asignada en caso de que el reparto afecte a ofertas de compra). El valor
del descuadre indica el número de ofertas que deben incrementar su asignación en 0,1
MWh durante el periodo de programación para corregir el descuadre.
3. Finalmente se incrementa en 0,1 MWh la energía aceptada a un número D de
ofertas que entraron en el reparto, eligiendo en primer lugar las que quedaron con un
valor residual más elevado tras el truncamiento al valor entero inferior del primer decimal.
Ante igualdad de este valor se elegirán las ofertas con mayor energía asignada. En caso
de nueva igualdad, se elegirán las ofertas que hayan sido presentadas con anterioridad.
g) Si en el punto de intersección de las curvas agregadas de adquisición y venta,
no coincidiesen los precios de la última unidad de energía aceptada de venta y
adquisición, (lo que es equivalente a que las curvas agregadas de venta y adquisición de
energía eléctrica coincidan o se crucen en un tramo vertical de la curva de venta) el
precio se calculará, redondeando al alza, como el valor medio entre el precio superior y
el precio inferior. El precio superior será el menor precio entre el menor precio de los
tramos de adquisición casados y el menor precio de los tramos de venta no casados y no
retirados con precio superior al precio del tramo de oferta de venta casado de mayor
precio. El precio inferior será el mayor precio entre el mayor precio de los tramos de
venta casados y el mayor precio de los tramos de compra no casados y no retirados con
precio inferior al precio del tramo de compra casado de menor precio, pudiendo
adoptarse un criterio diferente para el mercado intradiario si la experiencia así lo
aconseja.
40.3 Procedimiento de casación cuando concurran ofertas de compra y venta y
complejas.
Si concurren ofertas simples y complejas de compra y venta de energía eléctrica en
un mismo horizonte de programación, el operador del mercado incorporará en el proceso
de casación con ofertas simples las condiciones que integran las citadas ofertas
complejas como se indica en los apartados siguientes.
40.3.1
Búsqueda de una primera solución válida.
1. Se seleccionan todas las ofertas que se han presentado en la sesión del
mercado intradiario.
2. Se realiza una casación simple con todas las ofertas seleccionadas,
incorporando la restricción de gradiente de carga y la condición de aceptación completa
en cada hora del primer tramo.
3. Se comprueba si todas las ofertas asignadas en la casación simple cumplen la
condición de aceptación completa del primer tramo.
cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es
Esta búsqueda tiene por objeto encontrar una solución que determine los precios
marginales correspondientes a los periodos de programación del horizonte de
programación y una asignación de energía eléctrica a cada una de las unidades de venta
y adquisición que hayan presentado ofertas de compra y venta de energía eléctrica en el
periodo de programación de que se trate, y que cumpla las condiciones derivadas de las
ofertas complejas para el mercado intradiario de subastas.
Para ello el operador del mercado aplicará el método de casación simple descrito en
la cláusula anterior, al que se le incorporará como condición la obtención de una solución
que cumpla con la condición de gradiente de carga. A este método se le denominará
casación simple condicionada.
Para incorporar el tratamiento de las condiciones derivadas de las ofertas complejas
en la búsqueda de la primera solución válida, el proceso comprenderá los siguientes
pasos:
Núm. 131
Miércoles 2 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 67458
2. A continuación, se evalúa el descuadre D, producido (por diferencia con el total
de la demanda aceptada en caso de que el reparto afecte a las ofertas de venta o con el
total de la oferta asignada en caso de que el reparto afecte a ofertas de compra). El valor
del descuadre indica el número de ofertas que deben incrementar su asignación en 0,1
MWh durante el periodo de programación para corregir el descuadre.
3. Finalmente se incrementa en 0,1 MWh la energía aceptada a un número D de
ofertas que entraron en el reparto, eligiendo en primer lugar las que quedaron con un
valor residual más elevado tras el truncamiento al valor entero inferior del primer decimal.
Ante igualdad de este valor se elegirán las ofertas con mayor energía asignada. En caso
de nueva igualdad, se elegirán las ofertas que hayan sido presentadas con anterioridad.
g) Si en el punto de intersección de las curvas agregadas de adquisición y venta,
no coincidiesen los precios de la última unidad de energía aceptada de venta y
adquisición, (lo que es equivalente a que las curvas agregadas de venta y adquisición de
energía eléctrica coincidan o se crucen en un tramo vertical de la curva de venta) el
precio se calculará, redondeando al alza, como el valor medio entre el precio superior y
el precio inferior. El precio superior será el menor precio entre el menor precio de los
tramos de adquisición casados y el menor precio de los tramos de venta no casados y no
retirados con precio superior al precio del tramo de oferta de venta casado de mayor
precio. El precio inferior será el mayor precio entre el mayor precio de los tramos de
venta casados y el mayor precio de los tramos de compra no casados y no retirados con
precio inferior al precio del tramo de compra casado de menor precio, pudiendo
adoptarse un criterio diferente para el mercado intradiario si la experiencia así lo
aconseja.
40.3 Procedimiento de casación cuando concurran ofertas de compra y venta y
complejas.
Si concurren ofertas simples y complejas de compra y venta de energía eléctrica en
un mismo horizonte de programación, el operador del mercado incorporará en el proceso
de casación con ofertas simples las condiciones que integran las citadas ofertas
complejas como se indica en los apartados siguientes.
40.3.1
Búsqueda de una primera solución válida.
1. Se seleccionan todas las ofertas que se han presentado en la sesión del
mercado intradiario.
2. Se realiza una casación simple con todas las ofertas seleccionadas,
incorporando la restricción de gradiente de carga y la condición de aceptación completa
en cada hora del primer tramo.
3. Se comprueba si todas las ofertas asignadas en la casación simple cumplen la
condición de aceptación completa del primer tramo.
cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es
Esta búsqueda tiene por objeto encontrar una solución que determine los precios
marginales correspondientes a los periodos de programación del horizonte de
programación y una asignación de energía eléctrica a cada una de las unidades de venta
y adquisición que hayan presentado ofertas de compra y venta de energía eléctrica en el
periodo de programación de que se trate, y que cumpla las condiciones derivadas de las
ofertas complejas para el mercado intradiario de subastas.
Para ello el operador del mercado aplicará el método de casación simple descrito en
la cláusula anterior, al que se le incorporará como condición la obtención de una solución
que cumpla con la condición de gradiente de carga. A este método se le denominará
casación simple condicionada.
Para incorporar el tratamiento de las condiciones derivadas de las ofertas complejas
en la búsqueda de la primera solución válida, el proceso comprenderá los siguientes
pasos: