I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-9178)
Corrección de errores de la Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de casación europeos.
164 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
mercado diario (PDBC) en la zona de oferta z. En caso de
realizarse una nueva casación de acuerdo con la Regla de
“Recasación del Mercado Diario Ibérico” el precio a considerar
será el correspondiente a dicha recasación, salvo para los
intercambios de energía entre España y Francia que se liquidarán
al precio de la zona de oferta española correspondiente al
resultado
final de la casación confirmado por los operadores
del
Miércoles 2 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 67444
mercado.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

35.5.
INGRESOS
ENque
ELse MERCADO
DIARIO
ELoferta
PROCESO
energía
entre España
y Francia
liquidarán al precio
de la POR
zona de
española DE
correspondiente
al
resultado
final
de
la
casación
confirmado
por
los
operadores
del
SEPARACIÓN DE MERCADOS
mercado.
La liquidación
del mercado diario, tras la aplicación del proceso de separación de
35.5 Ingresos en el mercado diario por el proceso de separación de mercados.
mercados en cada interconexión, dará lugar a unos ingresos denominados ‘renta de
congestión’
que se del
calcularán
como tras
el producto
dedella proceso
capacidad
de intercambio
La liquidación
mercado diario,
la aplicación
de separación
de
mercados en
cada interconexión,
a unos
ingresos denominados
‘rentaendecada
efectivamente
utilizada
en el marcodará
del lugar
proceso
de separación
de mercados
congestión’
que se calcularán
como eldeproducto
de marginales
la capacidad
de intercambio
periodo
de programación
por la diferencia
los precios
fijados
para el mismo
efectivamente
en oferta
el marco
del proceso
de separación
mercados en cada
en cada
una de lasutilizada
zonas de
situadas
a ambos
lados de lade
interconexión.
periodo de programación por la diferencia de los precios marginales fijados para el
mismo
en cada
una deDE
las zonas
de oferta situadas
ambos
lados de la interconexión.
35.5.1.
RENTA
CONGESTIÓN
EN aEL
MERCADO
DIARIO EN LA

INTERCONEXIÓN
ENTRE ESPAÑA Y PORTUGAL
Renta de congestión en el mercado diario en la interconexión entre España y

35.5.1
Portugal.

La renta de congestión que se genere en la interconexión entre España y Portugal se
deiguales
congestión
que
genere en
interconexión
entre
Españayyportugués.
Portugal se
repartiráLaa renta
partes
entre
el se
operador
dellasistema
eléctrico
español
repartirá a partes iguales entre el operador del sistema eléctrico español y portugués.
Se anotará
por lo a
tanto,
cada operador
del sistema
un derecho
cobro
cuentaen la
Se anotará
por lo tanto,
cadaa operador
del sistema
un derecho
de de
cobro
enencuenta
la hora h como:
horaen
h como:

DCPBCPTES_CI(h) = 0,5 * abs(EPBCPTES(h)) * abs(PMH(h,z1)-PMH(h,z2))
siendo: siendo:
DCPBCPTES_CI (h):
(h): Derecho
de de
cobro
en la en
horalah, hora
en el mercado
anotado
DCPBCPTES_CI
Derecho
cobro
h, en eldiario,
mercado
diario,
en cuenta a los operadores
del
sistema
español
y
portugués,
por
la
aplicación
del
anotado en cuenta a los operadores del sistema español y
proceso de separación
de mercados
las dos del
zonas
de oferta,
española y de
portugués,
por laentre
aplicación
proceso
de separación
portuguesa.
mercados entre las dos zonas de oferta, española y portuguesa.
EPBCPTES (h): Capacidad de intercambio efectivamente utilizada en el marco del
proceso
de separación
de mercados
en la hora efectivamente
h entre la zona utilizada
de ofertaen
española
y del
EPBCPTES
(h): Capacidad
de intercambio
el marco
portuguesa.
proceso de separación de mercados en la hora h entre la zona de
z1,z2: Subíndices que se refieren a las zonas de oferta española y portuguesa
oferta española y portuguesa.
respectivamente.

35.5.2. RENTA DE CONGESTIÓN EN EL MERCADO DIARIO EN LA
35.5.2. RENTA DE CONGESTIÓN EN EL MERCADO DIARIO EN LA
z2: INTERCONEXIÓN
que
se refieren
aenlas
zonas de oferta
española
y
z1,35.5.2
ENTRE
ESPAÑA
Y FRANCIA
Renta deSubíndices
congestión
en
el mercado
diario
la interconexión
entre España
y
INTERCONEXIÓN
ENTRE
ESPAÑA
Y FRANCIA
portuguesa
respectivamente.
Francia.
La renta de congestión que se genere en la interconexión entre España y Francia se
La renta
de congestión
que
genere en
la interconexión
entre
España y Francia
La renta
de congestión
quese
se
en la
entre
España
se se
repartirá
a partes
iguales entre
el genere
operador
delinterconexión
sistema eléctrico
españoly yFrancia
francés.
repartirá
a
partes
iguales
entre
el
operador
del
sistema
eléctrico
español
y
francés.
repartirá a partes iguales entre el operador del sistema eléctrico español y francés.

82

Se anotará
obligación
pagoalalsistema
sistemaeléctrico
eléctrico francés,
h como:
Se anotará
unauna
obligación
dede
pago
francés,en
enlalahora
hora
h como:
Se anotará una obligación de pago al sistema eléctrico francés, en la hora h como:

OPPBCFRES_CI(h) = 0,5 * abs(EPBCFRES(h)) * abs(PMH(h,z1)-PMH(h,z3))
OPPBCFRES_CI(h) = 0,5 * abs(EPBCFRES(h)) * abs(PMH(h,z1)-PMH(h,z3))

DCPBCFRES_CI(h) = 0,5 * abs(EPBCFRES(h)) * abs(PMH(h,z1)-PMH(h,z3))
DCPBCFRES_CI(h) = 0,5 * abs(EPBCFRES(h)) * abs(PMH(h,z1)-PMH(h,z3))
Asimismo, en caso de realizarse una nueva casación de acuerdo con la Regla de
Asimismo, en caso de realizarse una nueva casación de acuerdo con la Regla de
“Recasación del mercado diario ibérico” se practicarán las siguientes anotaciones en
“Recasación del mercado diario ibérico” se practicarán las siguientes anotaciones en
cuenta al operador del sistema eléctrico español en la hora h:
cuenta al operador del sistema eléctrico español en la hora h:
-

Si PMH’(h,z1)>PMH(h,z1)>PMH(h,z3) ó PMH’(h,z1) Si PMH’(h,z1)>PMH(h,z1)>PMH(h,z3) ó PMH’(h,z1)
DCPBCFRESAJ_CI(h) = abs(EPBCFRES(h)) * abs(PMH’(h,z1) - PMH(h,z1))
DCPBCFRESAJ_CI(h) = abs(EPBCFRES(h)) * abs(PMH’(h,z1) - PMH(h,z1))
-

Si PMH(h,z1) > PMH(h,z3) y PMH(h,z1) > PMH’(h,z1)
Si PMH(h,z1) > PMH(h,z3) y PMH(h,z1) > PMH’(h,z1)
ó PMH(h,z1) < PMH(h,z3) y PMH(h,z1) < PMH’(h,z1)
ó PMH(h,z1) < PMH(h,z3) y PMH(h,z1) < PMH’(h,z1)

cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es

Se anotará
un derecho
dedecobro
al operador
operador del
sistema
eléctrico
español
Se anotará
derecho
cobroen
encuenta
cuenta al
sistema
eléctrico
español
Se anotará
un un
derecho
de cobro
en
cuenta
al operadordeldel
sistema
eléctrico
español
en
lalahora
hh como:
en
hora
como:
en la hora h como: