I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-9178)
Corrección de errores de la Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de casación europeos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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35.4.
OBLIGACIONES DE PAGO EN EL MERCADO DIARIO
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
El comprador cuyas ofertas de compra hayan resultado casadas en la sesión de
contratación del mercado diario e incorporadas al programa resultante de la casación
en cada2 periodo
programación en el que elSec.
precio
Núm. 131 tendrá una obligación de pagoMiércoles
de junio de
de 2021
I. Pág. 67443
marginal sea positivo, que se calculará como el producto de la energía eléctrica cuya
adquisición se asigne en cada periodo de programación a la unidad de adquisición de la
que adquisición
sea titular, se
o bien
noende
su periodo
titularidad
pero a la quea represente
nombre de
propio
y
asigne
cada
de programación
la unidad de en
adquisición
la
por cuenta
el precio
marginal
fijado
para
mismo
para la
de propio
oferta yen la
que seaajena,
titular, por
o bien
no de su
titularidad
pero
a laelque
represente
enzona
nombre
que por
se encuentre
situada
la unidad.
A estos
se considera
quede
lasoferta
unidades
cuenta ajena,
por el precio
marginal
fijado efectos
para el mismo
para la zona
en la de
adquisición
a las cuales
selales
practicará
liquidación
de la energía
exportada
que se encuentre
situada
unidad.
A estoslaefectos
se considera
que las unidades
de por
España
a Francia,
como
resultado
de la casación,
se encuentran
situadas
en la zona
adquisición
a las
cuales
se les practicará
la liquidación
de la energía
exportada
por de
oferta
española.
Los como
titulares
de dichas
unidadessede
oferta serán
losenoperadores
España
a Francia,
resultado
de la casación,
encuentran
situadas
la zona de del
ofertadesignados
española. Los
unidades
de oferta
operadores
mercado
en titulares
Franciade
o dichas
entidades
habilitadas
porserán
éstoslos
para
practicardel
dicha
mercado
designados
en
Francia
o
entidades
habilitadas
por
éstos
para
practicar
dicha
liquidación.
liquidación.
La obligación
del comprador
para cada
unidad
de oferta
compra
horahhserá:
será:
La obligación
del comprador
para cada
unidad
de oferta
de de
compra
enenlalahora
OPPBC(ua,h,z) = EPBC(ua,h,z) * PMH(h,z)
siendo: siendo:
OPPBC(ua,
(ua,h,z):
h,z):Obligación
Obligación de
de pago
pago del
energía
correspondiente
OPPBC
del comprador
compradorpor
porla la
energía
correspondiente
a la unidad de adquisición
ua,
situada
en
la
zona
de
oferta
z,
en
la
hora
h.
a la unidad de adquisición ua, situada en la zona de oferta z, en la
EPBC (ua, h,z): Energía
hora h. asignada a la unidad de oferta de compra ua, situada en la
zona de oferta z, en la hora h en el mercado diario (PDBC).
PMH(ua,
(h,z):
Precio
marginal
horarioa positivo
correspondiente
a la hora
en el en
EPBC
h,z):
Energía
asignada
la unidad
de oferta de compra
ua,hsituada
mercado diario (PDBC) en la zona de oferta z correspondiente al resultado final de la
la zona de oferta z, en la hora h en el mercado diario (PDBC).
casación. En caso de realizarse una nueva casación de acuerdo con la Regla de
«Recasación del Mercado Ibérico» el precio a considerar será el correspondiente a dicha
PMH (h,z):
Precio marginal horario positivo correspondiente a la hora h en el
casación, salvo para los intercambios de energía entre España y Francia que se
mercado
diario (PDBC) en la zona de oferta z correspondiente al
liquidarán al precio de la zona de oferta española correspondiente al resultado final de la
resultado
final de del
la mercado.
casación. En caso de realizarse una nueva
casación confirmado por los operadores
casación de acuerdo con la Regla de “Recasación del Mercado
El vendedor cuyas
ofertas
de venta
hayan resultado
en la sesióna de
Ibérico”
el precio
a considerar
será casadas
el correspondiente
dicha
contratación del mercado
diariosalvo
e incorporadas
al programa resultante
de entre
la casación,
casación,
para los intercambios
de energía
España y
tendrá una obligación
de pago,
calcularáalcomo
el producto
de de
la energía
cuya
Francia
queque
se se
liquidarán
precio
de la zona
oferta española
producción se asignecorrespondiente
en cada periodo de
ende
el que
el precio marginal
sea por
al programación
resultado final
la casación
confirmado
negativo, a la unidadlos
de operadores
producción de
que sea titular, o bien no de su titularidad pero
dellamercado.
a la que represente en nombre propio y por cuenta ajena, por el precio marginal fijado
para el mismo
para la zona
de oferta
en resultado
la que se encuentre
situada
la unidad.
A estos
El vendedor
cuyasy ofertas
de venta
hayan
casadas en
la sesión
de contratación
efectos
se
considera
que
las
unidades
de
venta
a
las
cuales
se
les
practicará
del mercado diario e incorporadas al programa resultante de la casación, tendrála una
liquidación de la energía importada por España desde Francia, como resultado de la
obligación de pago, que se calculará como el producto de la energía cuya producción se
casación, se encuentran situadas en la zona de oferta española. Los titulares de dichas
asigne en cada periodo de programación en el que el precio marginal sea negativo, a la
unidades de oferta serán los operadores del mercado designados en Francia o entidades
unidad
de producción de la que sea titular, o bien no de su titularidad pero a la que
habilitadas por éstos para practicar dicha liquidación.
represente
en nombre
propio
por cuenta
por eldeprecio
marginal
para
La obligación
de pago
delyvendedor
paraajena,
cada unidad
oferta de
venta enfijado
la hora
h el
mismo
y para la zona de oferta en la que se encuentre situada la unidad. A estos efectos
será:
OPPBCde
(up,h,z):
Obligación
de
laoferta
energía
a ha
OPPBC
(up,h,z):
depago
pagodel
delvendedor
vendedor
por
la energía
correspondiente
La obligación
pago Obligación
del
vendedor
para
cada
unidadpor
de
decorrespondiente
venta
en la hora
la
unidad
de
producción
up,
situada
en
la
zona
de
oferta
z,
en
la
hora
h.
la unidad de producción up, situada en la zona de oferta z, en la
será:
EPBC (up,h,z): Energía
hora h. asignada a la unidad de venta, up, situada en la zona de
oferta z, en la hora h, en el mercado diario (PDBC).
PMH (up,h,z):
(h,z): Precio
marginal
horario anegativo
correspondiente
la horaenh laenzona
el de
EPBC
Energía
asignada
la unidad
de venta, up, asituada
mercado diario (PDBC)
en
la
zona
de
oferta
z.
En
caso
de
realizarse
una
nueva
casación
oferta z, en la hora h, en el mercado diario (PDBC).
de acuerdo con la Regla de «Recasación
81 del Mercado Diario Ibérico» el precio a
considerar
será
el
correspondiente
a
dicha
recasación,
para los intercambios
PMH (h,z):
Precio marginal horario
negativo salvo
correspondiente
a la hora de
h en el
mercado diario (PDBC) en la zona de oferta z. En caso de
realizarse una nueva casación de acuerdo con la Regla de
“Recasación del Mercado Diario Ibérico” el precio a considerar
será el correspondiente a dicha recasación, salvo para los
intercambios de energía entre España y Francia que se liquidarán
cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es
se considera que las unidades de venta a las cuales se les practicará la liquidación de la
energía importada por España desde Francia, como resultado de la casación, se
= EPBC(up,h,z)
encuentran situadas enOPPBC(up,h,z)
la zona de oferta
española. Los* PMH(h,z)
titulares de dichas unidades de
oferta serán los operadores del mercado designados en Francia o entidades habilitadas
Siendo:
por
éstos
para practicar dicha liquidación.
Siendo:
OBLIGACIONES DE PAGO EN EL MERCADO DIARIO
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
El comprador cuyas ofertas de compra hayan resultado casadas en la sesión de
contratación del mercado diario e incorporadas al programa resultante de la casación
en cada2 periodo
programación en el que elSec.
precio
Núm. 131 tendrá una obligación de pagoMiércoles
de junio de
de 2021
I. Pág. 67443
marginal sea positivo, que se calculará como el producto de la energía eléctrica cuya
adquisición se asigne en cada periodo de programación a la unidad de adquisición de la
que adquisición
sea titular, se
o bien
noende
su periodo
titularidad
pero a la quea represente
nombre de
propio
y
asigne
cada
de programación
la unidad de en
adquisición
la
por cuenta
el precio
marginal
fijado
para
mismo
para la
de propio
oferta yen la
que seaajena,
titular, por
o bien
no de su
titularidad
pero
a laelque
represente
enzona
nombre
que por
se encuentre
situada
la unidad.
A estos
se considera
quede
lasoferta
unidades
cuenta ajena,
por el precio
marginal
fijado efectos
para el mismo
para la zona
en la de
adquisición
a las cuales
selales
practicará
liquidación
de la energía
exportada
que se encuentre
situada
unidad.
A estoslaefectos
se considera
que las unidades
de por
España
a Francia,
como
resultado
de la casación,
se encuentran
situadas
en la zona
adquisición
a las
cuales
se les practicará
la liquidación
de la energía
exportada
por de
oferta
española.
Los como
titulares
de dichas
unidadessede
oferta serán
losenoperadores
España
a Francia,
resultado
de la casación,
encuentran
situadas
la zona de del
ofertadesignados
española. Los
unidades
de oferta
operadores
mercado
en titulares
Franciade
o dichas
entidades
habilitadas
porserán
éstoslos
para
practicardel
dicha
mercado
designados
en
Francia
o
entidades
habilitadas
por
éstos
para
practicar
dicha
liquidación.
liquidación.
La obligación
del comprador
para cada
unidad
de oferta
compra
horahhserá:
será:
La obligación
del comprador
para cada
unidad
de oferta
de de
compra
enenlalahora
OPPBC(ua,h,z) = EPBC(ua,h,z) * PMH(h,z)
siendo: siendo:
OPPBC(ua,
(ua,h,z):
h,z):Obligación
Obligación de
de pago
pago del
energía
correspondiente
OPPBC
del comprador
compradorpor
porla la
energía
correspondiente
a la unidad de adquisición
ua,
situada
en
la
zona
de
oferta
z,
en
la
hora
h.
a la unidad de adquisición ua, situada en la zona de oferta z, en la
EPBC (ua, h,z): Energía
hora h. asignada a la unidad de oferta de compra ua, situada en la
zona de oferta z, en la hora h en el mercado diario (PDBC).
PMH(ua,
(h,z):
Precio
marginal
horarioa positivo
correspondiente
a la hora
en el en
EPBC
h,z):
Energía
asignada
la unidad
de oferta de compra
ua,hsituada
mercado diario (PDBC) en la zona de oferta z correspondiente al resultado final de la
la zona de oferta z, en la hora h en el mercado diario (PDBC).
casación. En caso de realizarse una nueva casación de acuerdo con la Regla de
«Recasación del Mercado Ibérico» el precio a considerar será el correspondiente a dicha
PMH (h,z):
Precio marginal horario positivo correspondiente a la hora h en el
casación, salvo para los intercambios de energía entre España y Francia que se
mercado
diario (PDBC) en la zona de oferta z correspondiente al
liquidarán al precio de la zona de oferta española correspondiente al resultado final de la
resultado
final de del
la mercado.
casación. En caso de realizarse una nueva
casación confirmado por los operadores
casación de acuerdo con la Regla de “Recasación del Mercado
El vendedor cuyas
ofertas
de venta
hayan resultado
en la sesióna de
Ibérico”
el precio
a considerar
será casadas
el correspondiente
dicha
contratación del mercado
diariosalvo
e incorporadas
al programa resultante
de entre
la casación,
casación,
para los intercambios
de energía
España y
tendrá una obligación
de pago,
calcularáalcomo
el producto
de de
la energía
cuya
Francia
queque
se se
liquidarán
precio
de la zona
oferta española
producción se asignecorrespondiente
en cada periodo de
ende
el que
el precio marginal
sea por
al programación
resultado final
la casación
confirmado
negativo, a la unidadlos
de operadores
producción de
que sea titular, o bien no de su titularidad pero
dellamercado.
a la que represente en nombre propio y por cuenta ajena, por el precio marginal fijado
para el mismo
para la zona
de oferta
en resultado
la que se encuentre
situada
la unidad.
A estos
El vendedor
cuyasy ofertas
de venta
hayan
casadas en
la sesión
de contratación
efectos
se
considera
que
las
unidades
de
venta
a
las
cuales
se
les
practicará
del mercado diario e incorporadas al programa resultante de la casación, tendrála una
liquidación de la energía importada por España desde Francia, como resultado de la
obligación de pago, que se calculará como el producto de la energía cuya producción se
casación, se encuentran situadas en la zona de oferta española. Los titulares de dichas
asigne en cada periodo de programación en el que el precio marginal sea negativo, a la
unidades de oferta serán los operadores del mercado designados en Francia o entidades
unidad
de producción de la que sea titular, o bien no de su titularidad pero a la que
habilitadas por éstos para practicar dicha liquidación.
represente
en nombre
propio
por cuenta
por eldeprecio
marginal
para
La obligación
de pago
delyvendedor
paraajena,
cada unidad
oferta de
venta enfijado
la hora
h el
mismo
y para la zona de oferta en la que se encuentre situada la unidad. A estos efectos
será:
OPPBCde
(up,h,z):
Obligación
de
laoferta
energía
a ha
OPPBC
(up,h,z):
depago
pagodel
delvendedor
vendedor
por
la energía
correspondiente
La obligación
pago Obligación
del
vendedor
para
cada
unidadpor
de
decorrespondiente
venta
en la hora
la
unidad
de
producción
up,
situada
en
la
zona
de
oferta
z,
en
la
hora
h.
la unidad de producción up, situada en la zona de oferta z, en la
será:
EPBC (up,h,z): Energía
hora h. asignada a la unidad de venta, up, situada en la zona de
oferta z, en la hora h, en el mercado diario (PDBC).
PMH (up,h,z):
(h,z): Precio
marginal
horario anegativo
correspondiente
la horaenh laenzona
el de
EPBC
Energía
asignada
la unidad
de venta, up, asituada
mercado diario (PDBC)
en
la
zona
de
oferta
z.
En
caso
de
realizarse
una
nueva
casación
oferta z, en la hora h, en el mercado diario (PDBC).
de acuerdo con la Regla de «Recasación
81 del Mercado Diario Ibérico» el precio a
considerar
será
el
correspondiente
a
dicha
recasación,
para los intercambios
PMH (h,z):
Precio marginal horario
negativo salvo
correspondiente
a la hora de
h en el
mercado diario (PDBC) en la zona de oferta z. En caso de
realizarse una nueva casación de acuerdo con la Regla de
“Recasación del Mercado Diario Ibérico” el precio a considerar
será el correspondiente a dicha recasación, salvo para los
intercambios de energía entre España y Francia que se liquidarán
cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es
se considera que las unidades de venta a las cuales se les practicará la liquidación de la
energía importada por España desde Francia, como resultado de la casación, se
= EPBC(up,h,z)
encuentran situadas enOPPBC(up,h,z)
la zona de oferta
española. Los* PMH(h,z)
titulares de dichas unidades de
oferta serán los operadores del mercado designados en Francia o entidades habilitadas
Siendo:
por
éstos
para practicar dicha liquidación.
Siendo: