I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-9178)
Corrección de errores de la Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de casación europeos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Miércoles 2 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 67527
Información enviada en el mercado intradiario continuo:
– Programa Horario Final Continuo resultado de las transacciones de cada ronda en
el mercado intradiario (PHFC). Este fichero incluye el Programa Diario Viable definitivo
(PDVD), el resultado de los sucesivos mercados intradiarios por subastas realizados por
el operador del mercado y del resultado del mercado intradiario continuo.
– Anulación de las energías negociadas en una ronda específica del mercado
intradiario continuo, correspondientes a una hora de entrega de energía.
57.4.1.5 Coordinación de la información de las unidades de producción y
adquisición.
Cualquier cambio en la información asociada a los sujetos del sistema y a las
unidades de programación gestionadas por los operadores del sistema que puedan
afectar a los procesos de los mercados, deberá ser puesto a disposición del operador del
mercado para que actúe en consecuencia. El procedimiento de comunicación de dicha
información deberá ser acordado entre el operador del mercado y los operadores del
sistema, fijando conjuntamente la fecha de entrada en vigor de los cambios
considerados.
57.4.2 Información que debe suministrar el operador del mercado a los operadores
del sistema.
El operador del mercado pondrá a disposición de los operadores del sistema, con la
confidencialidad correspondiente, la información necesaria para la realización de sus
procesos de gestión mediante los métodos y formatos establecidos en la versión más
actualizada del documento "Modelo de ficheros para el intercambio de información entre
OSs y OM ", acordado entre el operador del mercado y ambos operadores del sistema
en lo relativo a los ficheros intercambiados entre ellos, y publicado por los operadores del
sistema.
El operador del mercado pondrá a disposición de los operadores del sistema, con la
confidencialidad correspondiente, la siguiente información:
Mercado diario.
– Programa Diario Base de Casación (PDBC). Este fichero contiene el programa
resultante de la casación del mercado diario. Esta información será puesta a disposición
de los operadores del sistema en el momento de publicación de los resultados
provisionales de la casación.
– Precios marginales del mercado diario. Esta información será puesta a disposición
de los operadores del sistema en el momento de publicación de los resultados
provisionales de la casación.
– Flujos en las interconexiones internacionales. Esta información será puesta a
disposición de los operadores del sistema en el momento de publicación de los
resultados provisionales de la casación.
– Ofertas del mercado diario. Este fichero contiene todas las ofertas válidas que han
entrado en el proceso de casación. Esta información será puesta a disposición de los
operadores del sistema una vez confirmado el Programa Diario Base de Casación
(PDBC) por OMIE y por los operadores del mercado acoplados al mercado ibérico en la
ejecución de la casación.
– Orden de precedencia económica del mercado diario. Este fichero contiene la
información relevante en cuanto a energías, precios e instantes de recepción de las
ofertas casadas totalmente, casadas parcialmente y no casadas. Esta información será
puesta a disposición de los operadores del sistema una vez confirmado el Programa
Diario Base de Casación (PDBC) por OMIE y por los operadores del mercado acoplados
al mercado ibérico en la ejecución de la casación.
cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es
57.4.2.1
Núm. 131
Miércoles 2 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 67527
Información enviada en el mercado intradiario continuo:
– Programa Horario Final Continuo resultado de las transacciones de cada ronda en
el mercado intradiario (PHFC). Este fichero incluye el Programa Diario Viable definitivo
(PDVD), el resultado de los sucesivos mercados intradiarios por subastas realizados por
el operador del mercado y del resultado del mercado intradiario continuo.
– Anulación de las energías negociadas en una ronda específica del mercado
intradiario continuo, correspondientes a una hora de entrega de energía.
57.4.1.5 Coordinación de la información de las unidades de producción y
adquisición.
Cualquier cambio en la información asociada a los sujetos del sistema y a las
unidades de programación gestionadas por los operadores del sistema que puedan
afectar a los procesos de los mercados, deberá ser puesto a disposición del operador del
mercado para que actúe en consecuencia. El procedimiento de comunicación de dicha
información deberá ser acordado entre el operador del mercado y los operadores del
sistema, fijando conjuntamente la fecha de entrada en vigor de los cambios
considerados.
57.4.2 Información que debe suministrar el operador del mercado a los operadores
del sistema.
El operador del mercado pondrá a disposición de los operadores del sistema, con la
confidencialidad correspondiente, la información necesaria para la realización de sus
procesos de gestión mediante los métodos y formatos establecidos en la versión más
actualizada del documento "Modelo de ficheros para el intercambio de información entre
OSs y OM ", acordado entre el operador del mercado y ambos operadores del sistema
en lo relativo a los ficheros intercambiados entre ellos, y publicado por los operadores del
sistema.
El operador del mercado pondrá a disposición de los operadores del sistema, con la
confidencialidad correspondiente, la siguiente información:
Mercado diario.
– Programa Diario Base de Casación (PDBC). Este fichero contiene el programa
resultante de la casación del mercado diario. Esta información será puesta a disposición
de los operadores del sistema en el momento de publicación de los resultados
provisionales de la casación.
– Precios marginales del mercado diario. Esta información será puesta a disposición
de los operadores del sistema en el momento de publicación de los resultados
provisionales de la casación.
– Flujos en las interconexiones internacionales. Esta información será puesta a
disposición de los operadores del sistema en el momento de publicación de los
resultados provisionales de la casación.
– Ofertas del mercado diario. Este fichero contiene todas las ofertas válidas que han
entrado en el proceso de casación. Esta información será puesta a disposición de los
operadores del sistema una vez confirmado el Programa Diario Base de Casación
(PDBC) por OMIE y por los operadores del mercado acoplados al mercado ibérico en la
ejecución de la casación.
– Orden de precedencia económica del mercado diario. Este fichero contiene la
información relevante en cuanto a energías, precios e instantes de recepción de las
ofertas casadas totalmente, casadas parcialmente y no casadas. Esta información será
puesta a disposición de los operadores del sistema una vez confirmado el Programa
Diario Base de Casación (PDBC) por OMIE y por los operadores del mercado acoplados
al mercado ibérico en la ejecución de la casación.
cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es
57.4.2.1