I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-9178)
Corrección de errores de la Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de casación europeos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Miércoles 2 de junio de 2021

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normativa europea como es el caso de la programación cuarto horaria. Sin que esto sea
objeto de revisión de la propuesta de reglas de mercado, OMIE ha indicado a este
respecto en los comentarios realizados sobre estas alegaciones, su voluntad de
mantener publicado en su web el calendario con los hitos para los próximos años con la
información más completa y actualizada posible.
En este sentido, la CNMC coincide en la importancia de que el operador del mercado
publique y mantenga actualizada esta hoja de ruta y que se hagan los seminarios web
oportunos que permitan una participación activa de los sujetos en la planificación y
consideración de los cambios que se precisen. Asimismo, se le solicita al operador del
mercado a que la actualización de esta hoja de ruta se realice en coordinación con la
Hoja de Ruta del operador del sistema del Mercado Interior de la Energía del sistema
eléctrico peninsular español (1).
(1)
https://www.esios.ree.es/es/pagina/informacion-sobre-implementacion-de-los-codigos-de-red-demercados

Esta Resolución por la que se aprueba la revisión de las reglas de funcionamiento de
los mercados diario e intradiario, contiene en el anexo I las reglas de mercado remitidas
por el operador del mercado que, de acuerdo con las consideraciones arriba formuladas,
incorporan los nuevos umbrales de notificación según se indica en el apartado tercero.3
anterior. Asimismo, incorpora en el anexo 2 de las reglas una referencia a los
procedimientos de operación europeos donde se establece el periodo de reapertura de la
recepción de ofertas.
Por cuanto antecede, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
resuelve:
Primero.
Aprobar las Reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario.
Segundo.
La presente resolución surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
La presente resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en
cumplimiento de los establecido en el artículo 7.1, párrafo final, de la Ley 3/2013, de 4 de
junio, de creación de la CNMC y se notificará al operador del mercado y al operador del
sistema.
Madrid, 6 de mayo de 2021.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia, Joaquim Hortalà i Vallvé.
ANEXO I
Reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de electricidad

Preámbulo.
Contenido.
Regla 1.ª
Regla 2.ª
Regla 3.ª
Regla 4.ª

El mercado mayorista de electricidad.
El operador del mercado diario e intradiarios.
Alcance de las reglas del mercado y objeto del contrato de adhesión.
Agentes del mercado diario e intradiarios.

cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es

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