I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Avales. (BOE-A-2021-9063)
Resolución de 28 de mayo de 2021, del Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de mayo de 2021, por el que se establecen los términos y condiciones del sexto tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de junio de 2021

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previsto en el artículo 54 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, y le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 47/2003,
de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en lo relativo a estos avales otorgados en
virtud de lo establecido en el Real decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, los gastos de
gestión y administración del Instituto de Crédito Oficial de los avales se atenderán desde
las partidas presupuestarias del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital establecidas al efecto y conforme a los términos indicados en el anexo I de este
acuerdo y la autorización de límites para adquirir compromisos de gasto en ejercicios
futuros recogida en el anexo II de este acuerdo.
3. Autorizar al Instituto de Crédito Oficial a cargar en el fondo de provisión creado
por el Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de octubre, sobre medidas urgentes en materia
presupuestaria, tributaria y financiera, los quebrantos por ejecución de los avales, así
como los costes financieros y gastos de gestión y administración que para el Instituto de
Crédito Oficial suponga la instrumentación de la línea de avales por cuenta del Ministerio
de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
4. Facultar al Instituto de Crédito Oficial para que, en el ámbito de sus
competencias, a través de sus órganos competentes, resuelva cuantas incidencias
prácticas pudiesen plantearse para la ejecución de esta línea de avales y durante toda la
vigencia de las operaciones. En aquellas cuestiones que puedan tener implicaciones
presupuestarias o para su equilibro financiero, el Instituto de Crédito Oficial podrá hacer
las propuestas correspondientes a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos
Económicos para su consideración.
5. Mandatar al Instituto de Crédito Oficial para que, dentro de los veinte días
siguientes a la adopción de este acuerdo de Consejo de Ministros, disponga lo necesario
para la puesta en marcha de forma efectiva de esta línea de avales, sin que se requiera
desarrollo normativo o administrativo posterior para su aplicación.
6. En relación con el cumplimiento de la normativa de ayudas de Estado, este
tramo de la línea de avales se configura de conformidad con el Marco Nacional Temporal
relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones
directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de préstamos y
bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinadas a respaldar la economía en
el contexto del actual brote de COVID-19, aprobado por la Comisión Europea en su
Decisión SA.56851 (2020/N), de 2 de abril y sus subsiguientes modificaciones.
PREÁMBULO
Es ya un hecho reconocido por instituciones nacionales e internacionales que las
líneas de avales públicos puestas a disposición por el Ministerio de Asuntos Económicos
y Transformación Digital han sido claves para garantizar el acceso a la liquidez de
empresas no financieras y autónomos españoles en el contexto de la pandemia de la
COVID-19. Hasta la fecha, se han liberado avales públicos por un importe en el entono
de los 96.000 millones de euros, permitiendo la concesión de más de 1 millón de
operaciones de financiación por aproximadamente 128.000 millones de euros.
En los meses inmediatamente posteriores al inicio de la pandemia y las
consiguientes medidas de restricción de movimientos, se registró un fuerte incremento
de la demanda de crédito, que se tradujo, por ejemplo, en un incremento del nuevo
crédito en el mes de abril de 2020 cercano al 83 % en términos interanuales. Gran parte
de este nuevo crédito se benefició de los avales públicos del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital. En el tercer y cuarto trimestres de 2020, la
demanda de crédito se ralentizó, lo que tuvo su reflejo en el ritmo de liberación de los
avales públicos, que cayó. No obstante, esta tendencia se está invirtiendo y ya en el mes
de marzo de 2021, se ha registrado un fuerte aumento del nuevo crédito en términos
intermensuales, con una subida superior al 35 %. En este contexto, se ve necesario
liberar un nuevo tramo de avales de la línea de inversión, con el fin de apoyar a las
empresas y autónomos españoles en la obtención de las fuentes de financiación

cve: BOE-A-2021-9063
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Núm. 130