III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-9157)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad Complutense de Madrid, para articular la concesión de ayudas en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 17 de febrero de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Martes 1 de junio de 2021

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– A la propiedad intelectual e industrial de sus trabajos en los términos establecidos
en la legislación reguladora de la materia.
– A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la AIReF.
– En el caso de alumnos con discapacidad, a disponer de los recursos necesarios
para el acceso a la tutela, a la información y a la evaluación y al propio desempeño de
las prácticas en igualdad de condiciones.
– A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
actividades objeto de la beca con aquellas actividades y situaciones personales
derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.
– Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en este Convenio.
Décima.

Deberes de los becarios.

– Aprovechar al máximo las posibilidades formativas y de aprendizaje de las
actividades desarrolladas en el marco de las prácticas.
– Conocer y cumplir con diligencia el proyecto formativo de las prácticas siguiendo
las indicaciones del tutor asignado por la AIReF bajo la supervisión del tutor académico
de la UCM.
– En su caso, cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida
por la UCM.
– Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo
de las prácticas, elaborando los informes de seguimiento intermedios que dicho tutor le
requiera así como la memoria final.
– Informar a su tutor académico y a su tutor de la AIReF a requerimiento de estos y
facilitarles las informaciones que precisen.
– Incorporarse a la AIReF en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el
proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales.
– Guardar secreto sobre la información de carácter personal y profesional a los que
el estudiante tenga acceso en la realización de las actividades objeto de la práctica, así
como las limitaciones en su uso y transmisión impuestas por el Reglamento (UE) del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y
demás normativa que resulte de aplicación. Asimismo, el alumno deberá guardar secreto
durante su estancia y finalizada ésta respecto de cualquier otro tipo de información que
pueda conocer como consecuencia de las mismas, prestando, a estos efectos, su
expresa conformidad.
– Elaborar la memoria final de las actividades objeto de la beca, en la que se haga
constar los datos personales del alumno, la entidad donde ha realizado las prácticas y su
ubicación, la descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y
departamentos de la entidad a los que ha estado asignado, la valoración de las tareas
desarrolladas con los conocimientos y competencias adquiridos en relación con los
estudios universitarios o de postgrado, la relación de los problemas planteados y el
procedimiento seguido para su resolución, la identificación de las aportaciones que en
materia de aprendizaje han supuesto las prácticas, la evaluación de las mismas y las
sugerencias de mejora, así como cualquier otro aspecto que considere relevante hacer
conocer al Centro.
Undécima.

Protección de datos de carácter personal de los estudiantes.

Las partes en este convenio y sus anexos, así como cualesquiera otros terceros
relacionados con su ejecución, devendrán obligados por las disposiciones y exigencias

cve: BOE-A-2021-9157
Verificable en https://www.boe.es

Los alumnos becarios quedarán sujetos al cumplimiento de las siguientes
obligaciones: