III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-9157)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad Complutense de Madrid, para articular la concesión de ayudas en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 17 de febrero de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Martes 1 de junio de 2021

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A tal fin, la UCM remitirá a la AIReF un certificado justificando que a la convocatoria
se le ha dado publicidad suficiente, indicando los medios y procedimientos empleados
para la difusión entre sus alumnos, así como que la preselección de alumnos se ha
realizado respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad, indicando el
procedimiento utilizado al efecto.
– Designar un tutor académico que tendrá como función el asesoramiento
metodológico y técnico del estudiante, supervisando el desarrollo de la práctica, así
como la evaluación final de la misma.
– Establecer los sistemas de evaluación de las prácticas externas y de los
estudiantes que en ellas participen.
– Informar a los becarios que realicen prácticas en la AIReF al amparo de este
Convenio de los compromisos que adquieren por ello.
– Realizar, una vez finalizadas las prácticas, un seguimiento de la actividad
profesional, docente y científica de cada uno de los becarios, para informar a la AIReF
sobre si el alumno:
• Ha accedido a un puesto de trabajo en instituciones públicas o empresas privadas
relacionadas con alguna/s de las materias vinculadas a la actividad de la AIReF, o ha
opositado para acceder a algún Cuerpo de funcionarios que realice labores relacionadas
con la actividad de la AIReF.
• Ha defendido alguna tesis doctoral o impartido algún curso sobre las materias
relacionadas con la actividad de la AIReF.
• Ha realizado alguna publicación en medios de comunicación o en revistas
especializadas, en su caso con reconocimiento JRC, sobre alguna de las materias
relacionadas con la actividad de la AIReF.
Este seguimiento deberá realizarse durante los cuatro años siguientes a la
finalización de la práctica y se concretará en un informe que la Universidad o centro
académico deberá remitir a la AIReF durante el mes de noviembre de cada año.
En caso de que algún alumno no facilite la información de seguimiento solicitada por
la Universidad o centro académico, bastará con indicar esta circunstancia en el informe
que se remita a la AIReF.
– Las demás previstas en el presente Convenio.
Octava.

Otras obligaciones de la Universidad Complutense de Madrid.

– La UCM, a través de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales,
entregará a los tutores designados por la AIReF, a solicitud de estos, un documento
acreditativo de su labor realizada como tutor.
El incumplimiento de sus obligaciones por parte de la UCM permitirá a la AIReF
instar la extinción anticipada del Convenio.
Novena.

Derechos de los alumnos becarios.

– A la tutela, durante el período de duración de la beca, por un tutor académico de
la UCM y por un profesional de la AIReF.
– A la evaluación, en su caso, de acuerdo con los criterios establecidos en la
universidad.
– A la obtención de un informe por parte de la AIReF, con mención expresa de la
actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
– A percibir de la UCM o de su entidad colaboradora la aportación económica
concedida por la AIReF a dicha universidad en el marco del procedimiento previsto por la
Resolución de 20 de enero de 2020, de la Presidencia de la AIReF, una vez practicados
los descuentos recogidos en la cláusula tercera.

cve: BOE-A-2021-9157
Verificable en https://www.boe.es

Durante la realización de las actividades objeto de la beca, los alumnos tendrán los
siguientes derechos: