III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-9033)
Resolución 420/38191/2021, de 25 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación Instituto de Cuestiones Internacionales y Política Exterior, para la realización durante el año 2021 de actividades de investigación, difusión y debate sobre seguridad y defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

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El gasto estimado asumido por INCIPE será de 14.400 euros tal y como se detalla en
la memoria justificativa del expediente. La descripción de dicho gasto quedará reflejada
en la memoria económica y en la memoria de la actividad realizada.
De la ejecución del convenio no se derivarán ingresos para ninguna de las partes.
Cuarta.

Procedimiento de justificación del gasto.

INCIPE remitirá al Ministerio de Defensa un expediente del gasto, dentro del mes
siguiente a la finalización de cada actividad.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos:

Forma de presentación del expediente: El expediente del gasto se presentará
electrónicamente, conforme establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la
Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa [http://sede.defensa.gob.es/acceda],
no siendo válido ningún trámite realizado a través de cualquier otro portal electrónico de
las Administraciones Públicas. La presentación deberá realizarla el representante legal
de la entidad.
Tramitación del expediente por el Ministerio de Defensa: Tras ser recibidas en la
Secretaría General de Política de Defensa el expediente del gasto, la Secretaría General
de Política de Defensa elaborará una certificación de conformidad del Ministerio de
Defensa con la realización de la actividad objeto del convenio.
Dicha certificación junto con el expediente del gasto será remitido a la Intervención
Delegada en la Subsecretaría de Defensa para recabar la fiscalización previa del
reconocimiento de la obligación.
Prohibición de pagos anticipados: El artículo 21.3 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, señala que «en el ámbito de la Hacienda Pública
estatal, no podrá efectuarse el desembolso anticipado de las aportaciones
comprometidas en virtud de convenios de colaboración y encomiendas de gestión con
carácter previo a la ejecución y justificación de las prestaciones previstas en los mismos,

cve: BOE-A-2021-9033
Verificable en https://www.boe.es

– Documentos justificativos del gasto: tickets, y facturas o documentos de valor
probatorio equivalente (para aquellas operaciones exentas de IVA, será suficiente
cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con esa misma eficacia administrativa de acuerdo con el artículo 3 del Real
Decreto 1619/2012, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones
de facturación).
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del convenio, comprendida entre la inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
y el 22 de noviembre del 2021.
En cualquier caso, las justificaciones del gasto deberán tener entrada en la
Secretaría General de Política de Defensa antes del 22 de noviembre del 2021.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la citada
Ley 39/2015.
– Memoria económica: En ella se desglosarán los gastos realizados con cargo a la
aportación económica del Ministerio.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto que se
presentarán debidamente identificados y ordenados, siguiendo el orden marcado en la
memoria económica, sin presentar, en ningún caso, añadidos manuscritos.
– Memoria de la actividad: Asimismo, tras finalizar las citadas actividades, INCIPE
remitirá a la Secretaría General de Política de Defensa una memoria de la actividad
donde se incluirán los dosieres gráficos, carteles, trípticos que integren o se deriven de
las actividades realizadas.