III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-9033)
Resolución 420/38191/2021, de 25 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación Instituto de Cuestiones Internacionales y Política Exterior, para la realización durante el año 2021 de actividades de investigación, difusión y debate sobre seguridad y defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

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2. Seminario internacional «Nuevos rumbos para la seguridad europea en la OTAN
y en la UE: implicaciones para el vínculo transatlántico».
3. Seminario internacional «Geopolítica del cambio climático».
Segunda.

Aportaciones de las partes.

1. El Ministerio de Defensa, a través de la Secretaría General de Política de
Defensa, se obliga a:
a) Coordinar con INCIPE la organización de las actividades citadas en la cláusula
primera. La participación en dicha actividad, por parte del Ministerio de Defensa, se
concretará en las reuniones que realicen las partes en el seno de la Comisión Mixta
regulada en la cláusula quinta de este convenio.
b) Apoyar económicamente a INCIPE para la realización de las actividades objeto
del convenio.
2.

INCIPE se obliga a:

a) Organizar y desarrollar las actividades objeto de este convenio y asumir, con sus
propios recursos, entre otros, los gastos generales que se generen en concepto de
gastos de personal que forme parte de la propia entidad, adquisición de material
inventariable de todo tipo y todos aquellos gastos no relacionados directamente con las
actividades objeto del convenio.
b) Aportar para el desarrollo del objeto de este Convenio, una cantidad global
estimada de catorce mil cuatrocientos (14.400) euros, cuyo desglose está especificado
en la memoria justificativa del expediente.
c) Acordar con la Secretaría General de Política de Defensa todo lo relativo a la
realización de las actividades relacionadas en la cláusula primera.
d) Gestionar las cantidades procedentes del Ministerio de Defensa y la realización
de todos los pagos que origine el desarrollo de las actividades con arreglo a lo que se
señala en la cláusula tercera y en el anexo a este convenio.
e) Entregar a la Secretaría General de Política de Defensa, una vez realizadas las
actividades, una memoria de actividades y una memoria económica en la que se
desglosen los gastos realizados, con cargo a la aportación económica del Ministerio de
Defensa, como consecuencia de las actividades objeto del convenio, además de las
correspondientes facturas, tal y como se indica en la cláusula cuarta.
f) Incorporar de forma visible, en todos los materiales que se elaboren fruto del
presente convenio, el logotipo institucional del Ministerio de Defensa/Secretaría General
de Política de Defensa, según el formato que se remitirá oportunamente.

El Ministerio de Defensa apoyará a INCIPE en el desarrollo de las actividades
previstas en este convenio con la cantidad máxima de doce mil (12.000,00) euros,
impuestos incluidos, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121M2.226.06 de los
presupuestos correspondientes al ejercicio económico de 2021. Se imputarán a dicha
aplicación presupuestaria los gastos que se reflejan en el anexo a este convenio.
Dicha transferencia se realizará, a través de una propuesta de pago, una vez
reconocida la obligación por el órgano competente, previa fiscalización efectuada por la
Intervención Delegada correspondiente.
El abono de la cantidad máxima reflejada en esta cláusula se podrá realizar, tras
finalizar cada una de las actividades previstas en la cláusula primera, en una sola vez o
en sucesivas transferencias bancarias en la cuenta que a tal efecto designe INCIPE.
Las aportaciones financieras del Ministerio de Defensa no podrán ser superiores a
los gastos derivados de la ejecución del convenio.

cve: BOE-A-2021-9033
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Financiación.