III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-9037)
Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Agencia Tributaria de Andalucía, para la producción de notificaciones y comunicaciones postales a través del Centro de Impresión y Ensobrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 66500

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
El artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, establece como uno de los principios generales de actuación de las
administraciones públicas el principio de cooperación, colaboración y coordinación.
II
La Agencia Estatal de Administración Tributaria, entidad de derecho público adscrita
al Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaria de Estado de Hacienda, cuenta con
un Centro de Impresión y Ensobrado (en adelante, CIE), a través del cual se efectúa la
gestión, impresión, ensobrado y remisión de las notificaciones y comunicaciones de los
numerosos actos que produce, en desarrollo de las funciones que tiene encomendadas
para la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero, así como de
aquellos recursos de otras administraciones públicas nacionales o de la Unión Europea,
cuya gestión se le encomiende por ley o por convenio.
III
Como consecuencia de la creciente implantación de las notificaciones electrónicas,
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en aras de una mayor eficacia y
eficiencia en el uso de los recursos disponibles, desea optimizar el aprovechamiento de
la capacidad excedente de su Centro de Impresión y Ensobrado.
IV
La Agencia Tributaria de Andalucía manifiesta su interés en el CIE de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria para realizar las notificaciones y comunicaciones que
produce como consecuencia del desarrollo de las actividades administrativas de
aplicación de los tributos y demás funciones y competencias referidas en el artículo 6 de
la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de
Andalucía y se aprueban medidas fiscales, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 181 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de
Autonomía para Andalucía.
Por todo ello, las partes suscriben el presente convenio que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

El presente convenio tiene por objeto fijar los términos y el alcance de la
colaboración entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Agencia Tributaria
de Andalucía para el uso del CIE con el fin de realizar las notificaciones y
comunicaciones que produce como consecuencia del desarrollo de las actividades
administrativas de aplicación de los tributos y demás funciones y competencias referidas
en el artículo 6 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia
Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales.
En concreto, se establece que la Agencia Tributaria de Andalucía remitirá a la
Agencia Estatal de Administración Tributaria las notificaciones y comunicaciones para
que proceda a la emisión, impresión, ensobrado y entrega de las mismas al proveedor
de servicios postales designado.

cve: BOE-A-2021-9037
Verificable en https://www.boe.es

Primera.