III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-9037)
Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Agencia Tributaria de Andalucía, para la producción de notificaciones y comunicaciones postales a través del Centro de Impresión y Ensobrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
9037

Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Dirección del Servicio de
Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Agencia
Tributaria de Andalucía, para la producción de notificaciones y
comunicaciones postales a través del Centro de Impresión y Ensobrado.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Agencia Tributaria de Andalucía
han suscrito con fecha 18 de mayo de 2021 un Convenio entre la Agencia Estatal
de Administración Tributaria y la Agencia Tributaria de Andalucía para la producción de
notificaciones y comunicaciones postales a través del Centro de Impresión y Ensobrado
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 19 de mayo de 2021.–La Directora del Servicio de Planificación y Relaciones
Institucionales, Rosa María Prieto del Rey.
Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Agencia
Tributaria de Andalucía para la producción de notificaciones y comunicaciones
postales a través del Centro de Impresión y Ensobrado de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria
En Madrid, a 18 de mayo de 2021.

De una parte, don Jesús Gascón Catalán, director general de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, nombrado por el Real Decreto 619/2018, de 22 de junio, en
el ejercicio de las competencias reguladas en el artículo 103.Tres.2 de la Ley 31/1990,
de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, en virtud de
Resolución de 24 de abril de 2018, de la Presidencia de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, por la que se delega la competencia para la aprobación y
formalización de los acuerdos y convenios relacionados con los bienes y con el
funcionamiento ordinario de los servicios y actividades de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria.
Y de otra, don Domingo Moreno Machuca, en calidad de director de la Agencia
Tributaria de Andalucía, nombrado por Decreto 263/2019, de 12 de febrero (BOJA
extraordinario n.º 129, de 14 de febrero de 2019), facultado para suscribir el presente
convenio en nombre de la agencia en virtud de lo previsto en el artículo 15.3.d) del
Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, aprobado por Decreto 4/2012, de 17 de
enero, previa autorización del Consejo Rector de la Agencia, en la sesión de 21 de
diciembre de 2020, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.5.h) de
la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria
de Andalucía y se aprueban medidas fiscales.

cve: BOE-A-2021-9037
Verificable en https://www.boe.es

PARTES QUE INTERVIENEN