III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-9051)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico El Escudo de 151,2 MW, en Campoo de Yuso, Luena, San Miguel de Aguayo y Molledo (Cantabria)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

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El seguimiento del estado inicial y el seguimiento anual en fase de explotación y tras
el cese se realizarán en pleno periodo vegetativo, utilizando los indicadores más
apropiados de composición, estructura y función entre los señalados para cada uno de
los tipos de hábitat higroturboso en los documentos de Bases ecológicas preliminares
para la conservación de los tipos de hábitat de interés comunitario en España del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
En caso de detectarse deterioros locales en el estado de conservación, se
comunicará al órgano competente en biodiversidad, para adoptar las medidas
mitigadoras adicionales y compensatorias complementarias que dicho organismo
establezca.
Seguimiento y control de especies exóticas invasoras en todas las zonas que se
hayan vistos desprovistas de vegetación, en especial del plumero de la Pampa
(Cortaderia selloana) y Datura stramonium. Si se detectase la aparición de alguna de
estas especies, proceder a su eliminación mediante medios mecánicos, nunca utilizando
fitocidas.
E.4

Fauna.

a) La cartografía, caracterización y seguimiento del estado de conservación de los
hábitats de interés comunitario higroturbosos.
b) Muertes por colisión con aerogeneradores y por colisión o electrocución con
tendidos eléctricos: Cadáveres localizados, por especies, categorías de protección,
localización (UTM) e identificación del aerogenerador / apoyo / vano responsable y
fechas. Mortalidad total estimada por tipo de causa y especie. Metodología seguida:
fechas, técnicas de prospección, superficie y tiempo de búsqueda, periodicidad entre
jornadas, aerogeneradores / apoyos, vanos revisados.

cve: BOE-A-2021-9051
Verificable en https://www.boe.es

Durante toda la vida útil del parque se realizará un seguimiento de la mortalidad de
aves y quirópteros como consecuencia de la colisión con los aerogeneradores y de la
colisión o electrocución con la línea de evacuación y la subestación. En base a los
resultados del seguimiento, se adoptarán medidas mitigadores complementarias y se
definirán las compensaciones por mortalidad por choque o electrocución. Se establece
una periodicidad de 15 días para la búsqueda de restos de aves y quirópteros muertos,
con el apoyo de perros entrenados. Se realizará una identificación y análisis de cada
muerte, y en función del grado de protección de las especies afectadas, se activará el
Protocolo de actuación frente a aerogeneradores conflictivos incluido como Anexo, con
inmediata notificación al órgano sustantivo y al órgano competente en biodiversidad de
Cantabria. Si las muertes por colisión detectadas desencadenan la parada cautelar del
aerogenerador conflictivo, solo podrá volverse a poner en funcionamiento con
autorización expresa del órgano sustantivo que incluya las medidas preventivas
adicionales que le notifique el órgano competente en biodiversidad, previo análisis de las
causas de las colisiones y propuesta de nuevas medidas mitigadoras del promotor.
Con independencia de lo anterior, en función de los restos encontrados en el
seguimiento, se estimará la mortalidad real siguiendo alguna las metodologías de
estimación de la mortalidad real existentes (Directrices para la evaluación del impacto de
los parques eólicos en aves y murciélagos (versión 3.0) de SEO/BirdLife, Directrices
básicas para el estudio del impacto de instalaciones eólicas sobre poblaciones de
murciélagos en España de SECEMU, o Metodología y protocolos para la recogida y
análisis de datos de siniestralidad de aves por colisión en líneas de transporte de
electricidad de Red Eléctrica de España 2016).
También se hará un seguimiento anual durante toda la fase de explotación de las
parejas nidificantes de aves planeadoras en el entorno amplio del parque considerado en
esta evaluación, así como de los refugios de quirópteros considerados, al objeto de
seguir sus respectivas tendencias cuantitativas.
Los informes anuales de seguimiento reflejarán: