III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-9051)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico El Escudo de 151,2 MW, en Campoo de Yuso, Luena, San Miguel de Aguayo y Molledo (Cantabria)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

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un riesgo de impacto por colisión moderado, y para el resto de aerogeneradores
compatible. Las medidas preventivas y correctoras propuestas por el promotor frente a
este impacto son:
a) Mantener el parque sin fuentes de iluminación que puedan atraer presas para los
murciélagos (insectos voladores).
b) Plan de vigilancia ambiental específico para detectar mortalidades y cambios en
el uso del hábitat en el área afectada por el parque eólico. Si durante el seguimiento se
observara que algún aerogenerador resultará conflictivo por el número de colisiones y
especies implicadas, el promotor procederá a su análisis y tomará medidas tales como
paradas selectivas, velocidades mínimas de arranque, etc., en función de las especies
implicadas y de las causas de los accidentes. En zonas con episodios de mortalidad
recomienda impedir el arranque de los aerogeneradores hasta velocidades de viento
superiores a 5-6 m/s durante los periodos de mayor actividad en las primeras horas de la
noche y meses de julio-agosto. En casos más graves prevé parada definitiva,
reubicación y retirada de aerogeneradores.
c) Seguimiento de las colonias de quirópteros del refugio de la Cueva de La Pará I
y II (Santa María de Aguayo).
Al igual que se ha indicado para los impactos por colisión con las aves, la existencia
en la zona de varias especies de quirópteros vulnerables e incluidas en el listado de
especies de protección especial obliga a aplicar el principio de precaución y la jerarquía
de la mitigación, no considerándose apropiada la previsión de adoptar medidas
correctoras solamente en el caso de que se constate mortalidad de ejemplares de dichas
especies. Es igualmente de aplicación la necesidad de adoptar en éste y en el resto de
parques en tramitación en el entorno unas medidas mitigadoras de efectividad muy
superior a las que se podrían precisar en un parque aislado para evitar los impactos
acumulados de todos ellos sobre los quirópteros protegidos. En consecuencia, se
considera preciso que el funcionamiento de los aerogeneradores de entrada excluya las
épocas y circunstancias de mayor riesgo de colisión con los quirópteros protegidos, en
especial en los aerogeneradores identificados como de mayor riesgo, estableciendo las
medidas adicionales indicadas en el apartado D, y que solo en el caso de que tras un
seguimiento prolongado se pueda constatar que el funcionamiento del parque eólico no
causa mortandad apreciable sobre quirópteros protegidos y que las colonias conocidas
en el entorno no ven reducidos sus efectivos, previo informe favorable del órgano
competente en biodiversidad de Cantabria se podrán adoptar condiciones al
funcionamiento menos estrictas o diferentes, siempre condicionadas a que el posterior
seguimiento confirme que son efectivas y que no se causa mortalidad apreciable sobre
los quirópteros.
Molestias y desplazamiento de fauna.

En cuanto a las rapaces, en el estudio no se han localizado nidos en la zona de
implantación de los aerogeneradores. El aguilucho pálido es posible que nidifique en
algunas laderas del entorno. Tampoco se han localizado zonas de alimentación
preferentes para estas especies en la línea de aerogeneradores. El estudio considera
este impacto compatible. Como medida preventiva plantea la realización de
prospecciones previas a la ejecución de las obras en todas las zonas de desbroce y
movimientos de tierra, con el objetivo de descartar su nidificación en estas zonas de
afección, y en el caso de localización de nidos, se establecerá un perímetro de seguridad
y la paralización de las obras hasta el abandono del mismo.
En cuanto a los paseriformes nidificantes, se ha detectado la existencia de alondra
común, bisbita alpino, bisbita arbóreo, tarabilla común y collalba gris. Todas ellas
nidifican en el suelo o en matorrales y arbustos a baja altura. Durante la fase de obras
que coincida con la época reproductora (marzo-julio) sufrirán molestias en las
inmediaciones de los trabajos, siendo posible que se pierdan puestas o se abandonen

cve: BOE-A-2021-9051
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C.2.5.2