III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2021-9038)
Orden TES/527/2021, de 26 de mayo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, incluyendo aquellos destinados a la ejecución del Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 y del Plan Reincorpora-T 2019-2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de mayo de 2021

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ejecución, incluyéndose esta información en los anexos II.1 y II.2 y, en su caso, II.3, a los
efectos correspondientes.
Disposición adicional tercera. Especialidades en la aplicación de los fondos en las
Comunidades Autónomas de Andalucía, Extremadura y Comunidad Foral de
Navarra.
1. Las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura no podrán financiar
gastos incluidos en el programa de colaboración con las corporaciones locales para la
contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de
interés general y social regulado en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, de 26 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases para la
concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de
colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores
desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, con
cargo a los fondos recogidos en la presente orden.
2. La Comunidad Foral de Navarra no podrá financiar con cargo a los fondos
recogidos en la presente orden ministerial gastos incluidos en:
a) Los programas de fomento del empleo autónomo y fomento de la economía
social regulados en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la
concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo, y en la
Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento del empleo y mejora de la
competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.
b) El programa de integración laboral de personas con discapacidad en Centros
Especiales de Empleo, regulado en el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que
se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios
de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo y en la Orden del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 16 de octubre de 1998, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones
públicas destinadas al fomento de la integración laboral de personas con discapacidad
en centros especiales de empleo y trabajo autónomo.
Disposición adicional cuarta. Incumplimiento por las comunidades autónomas de la
obligación de registrar las ofertas y demandas de empleo en el Portal Único de
Empleo.
1. A efectos de lo dispuesto en el artículo 21.3 del texto refundido de la Ley de
Empleo, se consideran sujetas al cumplimiento de la obligación establecida en su
artículo 13.b).2.º las cantidades recogidas en la aplicación 19.101.241-A.458.00 del
anexo I de esta orden, así como las cantidades incluidas en la aplicación 19.101.241A.454.00.
2. En base a ello, si alguna comunidad autónoma no cumpliera lo establecido en el
citado artículo 13.b).2.º del texto refundido de la Ley de Empleo, el Servicio Público de
Empleo Estatal no procederá a librar las cantidades asignadas a la citada comunidad
autónoma en los subconceptos citados en el párrafo anterior, hasta que no se subsane
esta situación.
Disposición adicional quinta. Cofinanciación del Programa Operativo de Garantía
Juvenil y de los Programas Operativos Regionales.
1. Los fondos librados a cada comunidad autónoma en aplicación de esta orden
podrán ser utilizados por estas como financiación nacional en las acciones y medidas
que desarrollen y sean objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo tanto a
través del Programa Operativo de Garantía Juvenil, como de los respectivos Programas

cve: BOE-A-2021-9038
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Núm. 129