III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-9050)
Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 66652

h) Los reconocimientos de la obligación con independencia de su importe,
derivadas de convenios, encomiendas de gestión, encargos, ayudas y subvenciones y
transferencias.
Además, se delega en materia de gasto, con independencia de la cuantía, la
competencia para reconocer obligaciones.
i) La autorización de los documentos contables que se deriven de todas las
actuaciones que sean de su competencia, según los apartados anteriores.
2. La persona titular del ministerio delega en la persona titular de la Oficialía Mayor
la autorización de los documentos contables relativos a los actos que se ejerzan por la
persona titular de la subsecretaría o de la Dirección General de Servicios y no estén
expresamente atribuidos a otros órganos.
3. La persona titular de la subsecretaría delega en la persona titular de la Oficialía
Mayor, las competencias que le corresponden en cuanto a la solicitud al Ministerio de
Hacienda respecto de la afectación o el arrendamiento de los inmuebles necesarios para
el cumplimiento de los fines de los servicios a cargo del departamento.
Vigesimoquinta.
Servicios.

Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los

1. La persona titular del ministerio delega en la persona titular de la Subdirección
General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios:
a) La aprobación de los expedientes de gasto, la autorización de su compromiso, el
reconocimiento de las obligaciones económicas y propuesta de pago con cargo al
capítulo 1 de los presupuestos de los servicios correspondientes, sin límite de cuantía.
No obstante lo previsto en el párrafo anterior, en materia de formación, seguros,
prevención de riesgos laborales y otros gastos sociales en el ámbito del departamento,
se delega la competencia administrativa y la aprobación y el compromiso de gasto
siempre que el importe del gasto sea inferior o igual a 2.000.000 de euros. Asimismo, se
delega el reconocimiento de la obligación sin límite de cuantía, tanto de las materias
anteriores como en materia de acción social.
b) La aprobación de los expedientes de gasto, la autorización de su compromiso, el
reconocimiento de las obligaciones económicas y propuesta de pago con cargo a los
créditos de anticipos al personal al servicio del departamento.
c) La autorización de documentos contables correspondientes no solo a las
actuaciones que se ejerzan por delegación, de conformidad con lo previsto en este
apartado, sino respecto de las actuaciones que en ese ámbito puedan realizar los
titulares de los órganos de los que dependa la subdirección general.
2. La persona titular de la subsecretaría delega en la persona titular de la
Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios, con respecto
a los empleados públicos destinados en el departamento y organismos autónomos, las
siguientes competencias:
Con respecto a los funcionarios:

1.º La provisión de puestos de trabajo en comisión de servicios, salvo cuando se
trate de puestos de subdirectores generales, subdirectores adjuntos o de jefatura de
unidades orgánicas, así como su revocación sin perjuicio de lo previsto en el artículo 64
del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
2.º La declaración de las situaciones de servicios en otras administraciones
públicas y excedencias voluntarias por interés particular.
3.º El reingreso al servicio activo sin reserva de plaza.

cve: BOE-A-2021-9050
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