III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Productos agrarios. Contratación. (BOE-A-2021-9046)
Orden APA/532/2021, de 20 de mayo, por la que se homologa el contrato tipo de compraventa de pomelos con destino a transformación, que regirá para la campaña 2021/2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de mayo de 2021

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indicada en el mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 12/2013,
de 2 de agosto.
9.º Incumplimiento.–En el caso de incumplimiento de entrega o recepción de la
fruta por debajo del 90%, se indemnizará a la otra parte con el valor de la mercancía no
entregada o no recepcionada.
No se consideran causas de incumplimiento del contrato la de fuerza mayor
demostrada, derivadas de huelgas, siniestros, situaciones catastróficas producidas por
adversidades climatológicas o enfermedades y/o plagas no controlables por cualquiera
de las partes contratantes. Si se produjera algunas de estas causas, ambas partes
convienen comunicarlas dentro de los siete días siguientes a haberse producido,
informando a la Comisión de Seguimiento.
10.º Extinción.–El contrato podrá extinguirse por mutuo acuerdo de ambas partes, o
en los supuestos de muerte, cese de actividad, insolvencia o incapacidad de cualquiera
de ellas. Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, sin necesidad de
requerimiento alguno, en caso de que no resultasen ciertas las declaraciones realizadas
en el mismo, o en el caso de que la otra parte incumpliera alguna de sus obligaciones.
En particular, se considerarán causas de extinción las siguientes: impago,
incumplimiento de los calendarios de entrega y/o recepción, así como el incumplimiento
reiterado de los parámetros de calidad, entendiendo como incumplimiento reiterado el
que se produzca al menos tres veces en el plazo de vigencia del contrato y que haya
sido comunicado por la parte afectada a la causante y a la Comisión de Seguimiento.
El fallecimiento o extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de las partes, no
implicará la resolución del contrato cuando otra persona física o jurídica le suceda en la
titularidad de la industria, almacén de manipulado o explotación, según proceda. En
estos casos, los derechos habientes se subrogarán en los derechos y obligaciones del
causante que se deriven del contrato.
11.º Comisión de Seguimiento. Funciones y financiación.–El control, seguimiento y
vigilancia del cumplimiento del presente contrato se realizará por la Comisión de
Seguimiento a la que se podrán dirigir cualquiera de las partes para solucionar los
posibles conflictos en el plazo de 7 días desde que surja la discrepancia. Estará
designada en la Interprofesional AILIMPO, formada paritariamente, y cubrirá sus gastos
de funcionamiento y custodia, mediante aportaciones paritarias de los sectores productor
y comercial, que se fijarán cada campaña, a razón de ........... €/Tm. de pomelo
transformado, haciéndose responsable el comprador del pago de la totalidad de dicha
aportación, previo descuento en la factura de la parte correspondiente (50%) al
proveedor.
12.º Arbitraje.–En caso de existir diferencias en la interpretación o ejecución del
presente contrato, las partes deberán someter la controversia al procedimiento de
conciliación y vista previa ofrecido por AILIMPO. Las solicitudes de inicio del
procedimiento deberán presentarse dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se
produjo el supuesto incumplimiento, y el procedimiento de conciliación, y los aranceles a
abonar se pueden consultar en la página web de AILIMPO www.ailimpo.com.
En el caso de que no se lograra una solución al conflicto planteado de acuerdo con el
punto anterior, las partes acuerdan (cumpliméntese necesariamente con un SÍ o un NO
en ambas casillas, según proceda una cosa u otra, pues las opciones son excluyentes):
□ a) Someter la controversia a los tribunales ordinarios de ...............
□ b) Someter la controversia a arbitraje en el marco de la Corte de Arbitraje de la
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Murcia, a la que se encomienda
la administración del arbitraje y la designación de los árbitros, de acuerdo con su
Reglamento y Estatutos. Igualmente, las partes hacen constar expresamente su
compromiso de cumplir el laudo arbitral que se dicte.
En caso de no marcarse una de las dos opciones anteriores, se entenderá que la
controversia se someterá a los tribunales ordinarios de ...........

cve: BOE-A-2021-9046
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Núm. 129