III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2021-8985)
Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Hacienda Foral de Navarra, sobre la implantación tecnológica del sistema Silicie y los intercambios de información en el sistema.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 66227

artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente Convenio tiene por objeto:
1. La implantación tecnológica del Silicie para la gestión de los libros contables
exigidos en la normativa de los II.EE. en la Comunidad Foral de Navarra, por medio de
una plataforma electrónica conjunta de la Agencia Tributaria y de la HFN,
salvaguardando las competencias de ambas Administraciones Tributarias.
2. Establecer un marco general de colaboración en relación con las condiciones y
procedimientos por los que se deben regir los intercambios de información entre la
Agencia Tributaria y la HFN como consecuencia de la entrada en vigor del sistema Silicie,
preservando en todo caso los derechos de las personas a que se refiera la misma.
Segunda. Finalidad de la plataforma conjunta del Silicie y de los intercambios de
información entre la Agencia Tributaria y la HFN.
La implantación tecnológica del Silicie en la Comunidad Foral de Navarra por medio
de una plataforma electrónica conjunta tiene por finalidad lograr una mayor eficiencia y
aprovechamiento de los medios y desarrollos disponibles por parte de las
Administraciones implicadas, consiguiendo así mejorar la asistencia al obligado tributario
y el control tributario en las Administraciones. Ello permitirá además garantizar la
utilización de unos diseños unificados, unas validaciones comunes y el carácter online
del sistema.
Por otra parte, los intercambios de información que de forma recíproca se van a
realizar entre la Agencia Tributaria y la HFN a partir de la entrada en funcionamiento del
Silicie tienen por finalidad establecer la colaboración necesaria entre las
Administraciones Tributarias en el desarrollo y ejercicio de las funciones y competencias
que legalmente tienen establecidas, al amparo del artículo 5 del Convenio Económico
entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
Tercera. Compromisos y obligaciones de cada una de las partes.
La Agencia Tributaria ha desarrollado e implantado con efectos desde el 1 de enero
de 2020 el nuevo sistema Silicie basado en el suministro electrónico de los libros
contables de los II.EE. de los sujetos pasivos de estos impuestos a través de su Sede
electrónica.
Atendiendo a lo anterior, la Agencia Tributaria se compromete a compartir la
infraestructura tecnológica e informática del sistema Silicie, para su uso en la
implantación y desarrollo de la plataforma única y conjunta de la HFN y la Agencia
Tributaria.
La Agencia Tributaria se compromete a no acceder a los registros del Silicie de los
obligados tributarios que deban llevarlos en la sede electrónica de la HFN, los cuales
serán remitidos o puestos a disposición de la misma, sin perjuicio de los intercambios de
información que puedan acordarse entre ambas Administraciones previstos en la
cláusula Décima.
A su vez, la Agencia Tributaria se compromete a colaborar con la HFN a fin de que
ésta pueda cumplir con su obligación de responder a las solicitudes que tengan por
objeto el ejercicio de los derechos de los interesados, así como con sus obligaciones
sobre seguridad de los datos.
Por otra parte, cada una de las Administraciones intervinientes se compromete a
llevar a cabo, con la mayor diligencia posible, las tareas y funciones que sean necesarias

cve: BOE-A-2021-8985
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Núm. 128