I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2021-8975)
Real Decreto 297/2021, de 27 de abril, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Comercio y Marketing, Energía y Agua, Hostelería y Turismo, Instalación y Mantenimiento, Madera, Mueble y Corcho, Marítimo-Pesquera y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Hostelería y Turismo, Instalación y Mantenimiento, Madera, Mueble y Corcho, Marítimo-Pesquera y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por determinados reales decretos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Sábado 29 de mayo de 2021

Sec. I. Pág. 65325

RP7: Aplicar las normas de bioseguridad y los códigos de buenas prácticas en granjas
avícolas, para garantizar la inocuidad de los productos obtenidos, según protocolos
establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de sanidad y bienestar animal.
CR7.1 El vallado perimetral del total de la explotación avícola se verifica
periódicamente, comprobando la integridad de la misma.
CR7.2 El personal y los vehículos autorizados que acceden a la explotación se
anotan en los registros de visitas y de entrada.
CR7.3 La ropa y calzado del personal se cambia antes de entrar en la granja,
garantizando la separación física entre zona sucia y zona limpia.
CR7.4 El calzado del personal se introduce en los pediluvios antes de entrar en las
naves para su desinfección.
CR7.5 Las ruedas de los vehículos se limpian, pasándolas por los vados y arcos
de desinfección antes de entrar en la granja, cumpliendo las normas de bioseguridad
establecidas.
CR7.6 El personal se lava las manos con los productos y en los momentos
indicados (al inicio de la jornada, al reincorporarse al trabajo, tras la comida en el
lugar designado, tras usar el baño y al cambiar de actividad) siguiendo los protocolos
establecidos.
CR7.7 La documentación sanitaria de las aves y relativa a los productos utilizados
y generados en cada fase productiva se archiva, garantizando la trazabilidad en el
momento requerido.
CR7.8 Los medicamentos utilizados se anotan en el registro de tratamientos
medicamentosos y recetas veterinarias.
CR7.9 Los certificados de origen de pienso y los resultados de los controles de los
mismos se archivan según los protocolos establecidos.
CR7.10 Los subproductos animales no destinados a consumo humano (SANDACH)
se tratan, según instrucciones del responsable superior, protocolos establecidos y
normativa aplicable.
Contexto profesional:
Medios de producción:

Productos y resultados:
Naves preparadas para la llegada de las aves. Aves con un óptimo grado de desarrollo
y producción. Huevos fecundados íntegros y de calidad ubicados en la incubadora.
Pollos recién nacidos viables. Huevos destinados a consumo íntegros y en condiciones
higiénico-sanitarias. Aves sanas mediante actuaciones preventivas y curativas. Normas de
bioseguridad aplicadas. Datos registrados que aseguren la trazabilidad.

cve: BOE-A-2021-8975
Verificable en https://www.boe.es

Material de manejo de animales. Nidales, jaulas y baterías. Incubadora. Nacedoras. Cinta
transportadora de huevos. Clasificadora de huevos. Bandejas de incubación. Animales
de diferentes edades. Sistemas y materiales de identificación y marcaje de huevos.
Material para la aplicación de medicamentos: inyectables, en pienso, en agua o tópico.
Neveras y material de conservación de medicamentos. Registros de gestión. Material de
oficina, fichas de control en soporte papel o informático (programas de gestión avícola).
Instalaciones de aves reproductoras, instalaciones de aves de puesta, instalaciones de
aves de engorde, comederos, bebederos, silos, sistemas de bioseguridad. Contenedores
de residuos.