I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2021-8975)
Real Decreto 297/2021, de 27 de abril, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Comercio y Marketing, Energía y Agua, Hostelería y Turismo, Instalación y Mantenimiento, Madera, Mueble y Corcho, Marítimo-Pesquera y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Hostelería y Turismo, Instalación y Mantenimiento, Madera, Mueble y Corcho, Marítimo-Pesquera y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por determinados reales decretos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de mayo de 2021

Sec. I. Pág. 65323

CR3.3 Los huevos fecundados se colocan en los alveolos de las bandejas de la
incubadora en la posición establecida (polo fino hacia abajo).
CR3.4 La incubadora y sus conductos aéreos antes de introducir los huevos
fecundados se limpian con productos autorizados según el procedimiento establecido.
CR3.5 La calidad de los huevos fecundados se verifica, limpiando y fumigando, si
procede, antes de introducirlos en la incubadora, colocándolos en las bandejas de
alvéolos y agrupándolos por lotes atendiendo a criterios de edad de las reproductoras.
CR3.6 Los parámetros de la incubadora se ponen en marcha 24 horas, antes de
introducir los huevos, accionando los elementos operadores de las mismas, según
especificaciones de la ficha técnica de producción.
CR3.7 Los parámetros de temperatura, humedad y ventilación de las incubadoras
se comprueba, verificando el ajuste en el periodo de incubación (variable según la
especie).
CR3.8 Las bandejas de incubación se trasladan a las nacedoras en el día
establecido según la especie, para manejar los huevos fecundados y atender el
nacimiento de los pollos.
CR3.9 Los datos referentes a operaciones de manejo de huevos fecundados, tras
la puesta y en la incubadora, se registran según soporte y formato establecidos, para
asegurar la trazabilidad del proceso.
RP4: Realizar operaciones de manejo de la nacedora y de la sala de expedición, para
asegurar la viabilidad de los pollos recién nacidos, siguiendo los protocolos establecidos y
cumpliendo la normativa aplicable de sanidad y bienestar animal.
CR4.1 La nacedora y sus conductos aéreos se limpian antes de introducir los
huevos fecundados con los productos autorizados según el protocolo establecido.
CR4.2 Los huevos fecundados se sacan de los alvéolos de las bandejas de la
incubadora, colocándolos a granel en los balancines de las nacedoras.
CR4.3 Los balancines de la nacedora se vigilan para asegurar la oxigenación de
todos los huevos fecundados.
CR4.4 Los pollos nacidos vivos se controlan el día de su nacimiento (variable según
la especie), verificando su estado y registrando los datos establecidos.
CR4.5 Los residuos y subproductos generados (cáscaras, pollitos muertos, pollitos
sacrificados, huevos no eclosionados) se eliminan, mediante los procedimientos
ajustados a la normativa aplicable.
CR4.6 Los parámetros ambientales de las nacedoras y los sanitarios de los pollos
de un día, se controlan, accionando los elementos operadores de los mismos, según
especificaciones de la ficha técnica de producción para asegurar su viabilidad y
reducir el estrés de los animales.
CR4.7 La sala de expedición se limpia antes de introducir los pollos con los
productos autorizados, ajustando los parámetros de temperatura y humedad.
CR4.8 Los pollos se trasladan a la sala de expedición para su sexaje, vacunación,
tratamiento antibiótico y corte de picos, si procede, agrupándolos por las edades de
las reproductoras.
RP5: Manejar huevos destinados al consumo, desde la puesta al centro de clasificación,
para asegurar su integridad y su llegada al consumidor en las condiciones higiénico-

cve: BOE-A-2021-8975
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Núm. 128