II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2021-8892)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

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que están exentos, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata
anterior.
7.2 Los aspirantes que estén exentos de realizar la fase de oposición en la
presente convocatoria deberán:
1. Presentar la solicitud de participación en el proceso selectivo correspondiente,
según el procedimiento previsto en la base 6.
2. Presentar el certificado de requisitos y méritos previsto en el anexo
correspondiente, de conformidad con lo establecido en el apartado siguiente.
7.3 Asimismo, los aspirantes que estén exentos de realizar la fase de oposición en
la presente convocatoria, así como los que hicieran uso del derecho a la exención de la
realización de alguno de los ejercicios, deberán acreditar el cumplimiento de los
requisitos referidos a la convocatoria que generó la exención, mediante el certificado de
requisitos de aquella convocatoria, salvo que previamente se hubiese realizado dicha
acreditación.
7.4 Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán presentar, en el plazo
de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de las listas
de aprobados de la fase de oposición, el certificado de requisitos y méritos que
corresponda según los modelos 1, 2, 3, 4 o 5 de esta convocatoria.
Los certificados de requisitos y méritos deberán ser cumplimentados
electrónicamente por los servicios centrales de personal o equivalentes del ministerio u
organismo donde presten o hayan prestado servicios a través del Sistema Integrado de
Gestión de Personal (SIGP), previa petición de los aspirantes. Excepcionalmente, en
aquellos supuestos en los que la solicitud electrónica no resulte posible o si el organismo
que debe expedir dicha certificación no se encuentra en el ámbito del SIGP, el certificado
deberá ser cumplimentado por la máxima autoridad de gestión de recursos humanos.
7.5 A los aspirantes aprobados que participen por el turno de promoción interna se
les podrá adjudicar un destino en los términos previstos en el artículo 78.2 del
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
No obstante, la previsión contenida en el citado artículo 78.2 podrá no resultar de
aplicación, por no guardar relación con las funciones propias del Cuerpo o Escala objeto
de nombramiento, en función del Cuerpo o Escala de pertenencia del personal
funcionario que promociona, de la modalidad de ocupación o del tipo de puesto de
trabajo que viene desempeñando o según el ámbito funcional de adscripción de la plaza
que se propone para su adjudicación.
7.6 En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna
quedaran vacantes, no podrán acumularse a las de la convocatoria de ingreso libre,
según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Procesos para la estabilización de empleo temporal.

8.1 Los aspirantes que participen en los procesos de estabilización de empleo
temporal que superen la fase de oposición deberán presentar, en el plazo de 20 días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de las listas de aprobados
de la fase de oposición, el certificado de requisitos y méritos que corresponda según el
modelo 6 de esta convocatoria.
8.2 Los certificados de requisitos y méritos deberán ser cumplimentados
electrónicamente por los servicios centrales de personal o equivalentes del ministerio,
organismo o Administración pública o Entidad del sector público donde presten o hayan
prestado sus servicios a través del Sistema Integrado de Gestión de Personal (SIGP),
previa petición de los aspirantes. Excepcionalmente, en aquellos supuestos en los que la
solicitud electrónica no resulte posible o si el organismo que debe expedir dicha

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