III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2021-8930)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Autoridad Portuaria de Ceuta, por la que se publica la Ordenanza del Servicio General de Ordenación, Coordinación y Control del Tráfico Marítimo del Puerto de Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

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Además, cuando la maniobra sea de salida de fondeadero sin práctico a bordo, el
buque solicitará permiso a CPC para el inicio de la maniobra de leva de fondeo. Una vez
esté el ancla arriba y clara lo comunicará a CPC que le indicará el rumbo adecuado para
abandonar las aguas portuarias.
4.

Comunicación «Paso punto de recalada».

Durante la maniobra de salida y especialmente en el caso de buques que transporten
mercancías peligrosas CPC hará un seguimiento del buque desde el primer contacto
hasta que el buque rebase los límites exteriores del puerto, registrando los datos de los
servicios portuarios solicitados y prestados (practicaje, remolque y amarre o desamarre).
Todo buque maniobrando de salida permanecerá a la escucha en el canal 11 de VHF
hasta pasar por el punto de recalada, momento en el que contactará con «Ceuta Port
Control» para comunicar a la estación CPC su salida de las aguas portuarias.
Se recomienda que los buques de salida mantengan escucha también en el canal 12
VHF hasta que se hayan alejado a más de 2 millas del punto de recalada.
Si excepcionalmente y previa solicitud debidamente autorizada por la APC un buque
tuviese que fondear a la salida, el CPC recabará la siguiente información:
– Razón para el fondeo y tiempo estimado de estancia.
– Confirmación por parte del buque de la no existencia de deficiencias a bordo, caso
contrario se informará a la APC y a la Capitanía Marítima para que se autorice el fondeo.
– Mercancías Peligrosas.
Si el buque cumple con las normas de seguridad fijadas, CPC indicará al buque el
área de fondeo.
Si el buque necesitara del servicio de practicaje para fondear, el práctico a bordo
informará al CCS de la continuidad del servicio de practicaje voluntario hasta el fondeo.
Una vez finalizada la maniobra de fondeo, el buque deberá reportar la hora de
fondeo a la estación CPC quien mantendrá informado al servicio de practicaje, para su
conocimiento, de los movimientos de buques en el fondeadero, informando del área y
hora de fondeo.
5. Cualquier excepción a las normas anteriores, estará sujeta a las instrucciones
específicas de la APC y de la Capitanía Marítima.
5.

Procedimiento para cambios de muelle, enmendadas y maniobras.

Todos los buques, antes de iniciar cualquier enmendada, cambio de muelle o
movimiento interior en la zona portuaria, deberán contactar con la estación CPC por el
canal 11 de VHF. CPC confirmará al capitán la hora de la maniobra y le indicará que
contacte por el canal 12 de VHF con el servicio de practicaje cuando se requiera la
utilización del servicio, para que le informe del modo de embarque en el buque.
Cuando la maniobra no requiera del servicio de practicaje, el capitán del buque
informará a través de la estación CPC del inicio y finalización de ésta.
Procedimiento para casos singulares.

1. Cuando un buque informe de anomalías, deficiencias o averías a bordo, CPC
procederá a recopilar la máxima información sobre el alcance de la anomalía, deficiencia
o avería por medio del canal 11 de VHF y hará llegar esta información por la vía más
rápida a la dirección de la Autoridad Portuaria quién contactará con la Capitanía Marítima
y aguardará instrucciones comunicando al buque que permanezca en «stand by» y a la
escucha hasta recibir nuevas órdenes.
2. Cuando un buque informe, según el procedimiento establecido en el artículo 2
(procedimiento general de aproximación al puerto) que transporta mercancías peligrosas
y éstas no estuvieran declaradas previamente, o el CCS no tuviera constancia
documental de ello, se darán instrucciones al buque para que permanezca fuera de las

cve: BOE-A-2021-8930
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