III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2021-8930)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Autoridad Portuaria de Ceuta, por la que se publica la Ordenanza del Servicio General de Ordenación, Coordinación y Control del Tráfico Marítimo del Puerto de Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

3.

Procedimiento de entrada al puerto.

1.

Comunicación de «Aviso de llegada»:

Sec. III. Pág. 65043

Dos (2) horas antes de la llegada el buque contactará con el CCS de la Autoridad
Portuaria de Ceuta a través del Servicio Móvil Marítimo (SMM) de VHF en el canal 11,
frecuencia 156.550 (alternativo 14, frecuencia 156.700) mediante el indicativo de llamada
de estación de tierra «Ceuta Port Control» para confirmar su hora estimada de arribada
(ETA) a puerto. En caso de no recibir respuesta u otro motivo, pueden utilizarse
excepcionalmente para contactar con el puerto también los canales 12
(frecuencia 156.600) de trabajo del servicio de practicaje y 16 (frecuencia 156.800) de
socorro y llamada.
El procedimiento anterior se deberá repetir una (1) hora antes de la llegada prevista a
puerto (ETA) al objeto de recibir instrucciones.
Al encontrarse a una distancia mínima de cinco millas de la bocana del Puerto de
Ceuta el buque nuevamente deberá contactar a través del canal VHF indicado
anteriormente por el centro de control portuario para recibir instrucciones y deberá
mantener escucha permanente en dicho canal.
Al encontrarse a una distancia de dos millas de la bocana del Puerto de Ceuta
volverá a contactar con CPC para indicar su posición y deberá seguir escrupulosamente
las instrucciones que en ese momento reciba de la Autoridad Portuaria, en especial las
referentes a su velocidad y posiciones sucesivas. Asimismo, y cuando así se le indique
pasará la escucha al canal 12 de VHF del SMM (canal de trabajo del servicio de
practicaje del puerto de Ceuta) y, cuando corresponda, obtendrá la aprobación de inicio
de maniobra e información sobre la coordinación con los servicios portuarios técniconáuticos.
2. Buques con escala autorizada. A la escucha también en el canal 12 VHF, «Ceuta
Port Control», actuará como sigue:

Si a la llegada del buque no hubiera autorización de atraque, CPC comunicará que
permanezca a la deriva (drifting) sin entrar en aguas portuarias.
Si tuviera autorización, pero no exista atraque disponible o no puedan iniciar
maniobra por congestión de tráfico o por cualquier otra causa deba esperar para entrar
en puerto, CPC lo notificará así a su Capitán, indicándole la posibilidad, en su caso, de
utilizar el fondeadero y demás instrucciones pertinentes, de no recibir instrucciones de
CPC en otro sentido, permanecerán a la espera con el adecuado gobierno más allá del
círculo de las 2 millas de la bocana.
En caso de proceder a fondeadero, sin práctico a bordo, el buque comunicará a CPC
esta circunstancia y si esta maniobra es viable recibirá de CPC la asignación del lugar de
fondeo, mediante demora y distancia a la luz verde de la bocana del puerto de Ceuta.
Una vez el buque haya fondeado informará a CPC.
Una vez llegado el turno de entrada al buque en espera, el servicio portuario de
Practicaje comunicará a la estación CPC el momento en que esté listo para el inicio para
la maniobra. Si el buque estuviese fondeado CPC indicará la hora en que el buque
deberá tener el ancla arriba, notificará al buque la información recibida del práctico y le
transmitirá que, a partir de ese momento, se ponga en contacto con dicho servicio de
Practicaje por el canal 12 de VHF.
b)

Supuesto de buques fondeados:

Sea por causa accidental debido a la espera para entrar en puerto o por estar
prevista la escala para la realización de operaciones marítimas, los buques que
procedan al fondeadero, previa autorización de CPC, deberán reportar la hora de inicio

cve: BOE-A-2021-8930
Verificable en https://www.boe.es

a) Supuesto de buques que no deben iniciar la maniobra de entrada: