III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2021-8930)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Autoridad Portuaria de Ceuta, por la que se publica la Ordenanza del Servicio General de Ordenación, Coordinación y Control del Tráfico Marítimo del Puerto de Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 65011

53. Cierre del Puerto.
54. Resguardo bajo la quilla.
Capítulo X. Régimen sancionador.
55. Infracciones.
56. Tipificación, cuantificación de las sanciones y procedimiento sancionador.
57. Sanciones y otras medidas aplicables.
Disposición adicional primera. Entrada en vigor.
Disposición adicional segunda. Delegación.
Disposición derogatoria.
Anexo I. Procedimiento operativo de actuación del servicio de ordenación,
coordinación y control del tráfico marítimo portuario en el Puerto de Ceuta para las
maniobras de buques con Capitanes exentos del servicio de practicaje.
1. Objetivos.
2. Consideraciones Generales.
3. Procedimiento general de actuación y comunicaciones.
4. Procedimiento especial para buques de alta velocidad.
5. Resolución de discrepancias.
6. Comunicación de incidencias.
Anexo II.
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buque.
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Procedimiento de radiocomunicaciones.

Comunicaciones.
Procedimiento general de aproximación al puerto.
Procedimiento de entrada al puerto.
Procedimiento de salida del puerto.
Procedimiento para cambios de muelle, enmendadas y maniobras.
Procedimiento para casos singulares.
Procedimiento para buques pesqueros.
Procedimiento para buques menores de 500 GT.
Procedimiento para operaciones de avituallamiento de combustible buque a
Procedimiento en caso de visibilidad reducida.
Remolques en navegación.
Organización de eventos, pruebas deportivas o regatas en aguas del puerto
Obras de dragado, de mantenimiento y trabajos submarinos.
Ejercicios de seguridad, simulacros y otras prácticas en el puerto.
Detección de contaminación por vertidos.
Otras incidencias durante la estancia el puesto de atraque o fondeo.

1.
2.
3.

Control de operaciones.
Buques en peligro.
Procedimiento e control de condiciones meteorológicas.

Anexo IV. Velocidades máximas de navegación en las aguas del Puerto de Ceuta.
Anexo V. Resguardo de agua bajo la quilla y determinación del calado máximo
admisible.
Anexo VI. Síntesis de legislación

cve: BOE-A-2021-8930
Verificable en https://www.boe.es

Anexo III. Criterios para el control de buques atracados, determinación de
condiciones meteorológicas para control de operaciones marítimas y buques atracados.