III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-8874)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Comunitat Valenciana, sobre intercambio recíproco de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Jueves 27 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 64472

Para llevar a efecto lo señalado en el párrafo anterior, la TGSS se compromete a
proporcionar la asistencia necesaria (tanto teórica como técnica) a las personas
responsables que se designen por el órgano cesionario.
La Administración de la Generalitat se compromete a que cada acceso quede
justificado con la causa o expediente que lo hubiera motivado.
Las partes implicadas en el proceso de auditoría son las siguientes:
1)

Persona Auditora Delegada de la Administración de la Generalitat.

Sus funciones, competencias y condiciones son:
– Ser la interlocutora única con la TGSS en el ámbito de sus competencias en temas
relacionados con auditorías y resolución de incidencias.
– Efectuar la auditoría trimestral a las personas usuarias autorizadas de cualquier
consellería dependiente de la Administración de la Generalitat, únicamente en el caso de
ausencia o enfermedad de la persona auditora de la consellería correspondiente. Por ello
tendrá acceso mediante consultas a las transacciones de los Ficheros de la TGSS
recogidas en el presente Convenio.
– Recibir, sistematizar y analizar los datos facilitados en los informes de auditoría
elaborados en cada consellería por sus personas auditoras para el posterior envío del
Resumen Trimestral Unificado del total de personas usuarias auditadas.
– Tener como mínimo un nivel 26 de complemento de destino, salvo petición
justificada de la Administración de la Generalitat, que solicitará la excepción de nivel y
que deberá ser aprobada por la Unidad Nacional de Auditorías.
– Se le asignará en SILCON un perfil de persona usuaria auditora, dándosele de alta
a estos efectos por la TGSS en el Departamento correspondiente. Las altas, bajas o
sustituciones que se produzcan en las personas designadas como Persona Auditora
delegada de la Administración de la Generalitat deberán ser comunicadas a la mayor
brevedad posible a la Persona Auditora Delegada Provincial de la TGSS quien lo pondrá
en conocimiento de la Unidad Nacional de Auditorías.
La Unidad Nacional de Auditorías, previa solicitud del Organismo externo podrá
autorizar a la persona auditora delegada de la Generalitat como persona auditora
suplente en alguna de las consellerías en los supuestos de vacante, ausencia o
enfermedad de la persona auditora.
– El perfil de persona usuaria auditora no comporta el cargo de persona usuaria
administradora, a pesar de que ambas personas usuarias tengan en SILCON un nivel 4.
Ello es debido a que la tarea de auditoría no es informática sino de justificación
documental de los accesos.
En ningún caso podrán coincidir en la misma persona los cargos de Persona
Administradora SILCON y Persona Auditora Delegada.
2)

Personas Auditoras.

– Efectuar la auditoria trimestral a las personas usuarias autorizadas en su
Organismo.
– Elaborar el informe de auditoría correspondiente a su consellería sobre la auditoría
practicada para el posterior envío a la persona Auditora Delegada de la Generalitat.
– Tendrán como mínimo un nivel 26 de complemento de destino, salvo petición
justificada de la Administración de la Generalitat, que solicitará la excepción de nivel y
que deberá ser aprobada por la Unidad Nacional de Auditorías.
– Se le asignará en SILCON un perfil de persona usuaria auditora, dándosele de alta
a estos efectos por la TGSS en el Departamento correspondiente. Las altas, bajas o
sustituciones que se produzcan en las personas designadas como personas Auditoras

cve: BOE-A-2021-8874
Verificable en https://www.boe.es

Habrá una por cada una de las consellerías u organismos que tengan autorizadas
consultas a los Ficheros de la TGSS.
Sus funciones, competencias y condiciones son: