III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-8857)
Resolución de 17 de mayo de 2021, del Instituto para la Transición Justa, O.A., por la que se delegan competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Jueves 27 de mayo de 2021

Segundo.

Sec. III. Pág. 64370

Convenios.

Se delegan en la persona titular de la Dirección del instituto las facultades referentes
a la suscripción y firma de convenios, a excepción de convenios con comunidades
autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, cuando el importe no exceda de 2.000.000
de euros, así como de los documentos necesarios para su tramitación de acuerdo con lo
establecido en la normativa vigente.
Tercero. Encomiendas de gestión.
Se delegan en la persona titular de la Dirección del instituto las facultades relativas a
la suscripción y firma de encomiendas de gestión, así como de los documentos
necesarios para su tramitación de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
Cuarto. Ayudas y subvenciones públicas.
Se delegan en la persona titular de la Dirección del instituto:
1. Las facultades referentes a la convocatoria y al otorgamiento de ayudas
y subvenciones, así como a su modificación, y a la declaración de pérdida de ayudas y
subvenciones por un importe igual o inferior a 2.000.000 de euros.
Asimismo, se delega en la persona titular de la Dirección del instituto la facultad para la
denegación de ayudas y la aceptación de las renuncias, con independencia de su cuantía.
2. Las facultades referentes a la firma de convenios a través de los cuales se
articulen ayudas y subvenciones, en las que la aportación del instituto sea igual o inferior
a 2.000.000 de euros.
3. Los acuerdos de cancelación de garantías prestadas por los beneficiarios de las
ayudas y subvenciones.
4. Asimismo, en relación con los expedientes de ayudas y subvenciones concedidas
por el instituto y sin perjuicio de lo establecido en la normativa vigente, se delegan en la
persona titular de la Dirección del instituto las facultades relativas a la firma de informes
requeridos para la gestión de recursos y reclamaciones que deban tramitarse por dicho
instituto.
Quinto. Gestión y ejecución del presupuesto.
1. Se delegan indistintamente en las personas titulares de la Gerencia y de la
Secretaría General, las facultades para la aprobación de documentos contables, dentro de
las competencias atribuidas a cada uno de ellos, con independencia de la cuantía de estos.
2. Se delegan las facultades para la aprobación y compromiso del gasto:
a) En la persona titular de la Dirección del instituto, cuando el importe sea igual o
superior a 250.000 euros e igual o inferior a 2.000.000 de euros, salvo en el caso de los
créditos del capítulo 1 del, que podrá ser superior a las cuantías anteriores.
b) En la persona titular de la Gerencia del instituto, cuando el importe sea inferior
a 250.000 euros.

a) En la persona titular de la Dirección del instituto, cuando el importe sea igual o
superior a los 250.000 de euros e igual o inferior a los 2.000.000 de euros.
b) En la persona titular de la Gerencia del instituto, cuando el importe sea inferior
a 250.000 de euros.
4. Cuando en un mismo acto se comprometa gasto y se reconozcan obligaciones la
competencia de determinará conforme a los criterios recogidos para la aprobación y
compromiso del gasto.

cve: BOE-A-2021-8857
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3. Se delegan las facultades para el reconocimiento de obligaciones y ordenación
de pagos: