III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2021-8787)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Confederación Española de Familias de Personas Sordas, para la atención al alumnado que presenta necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad auditiva.
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Miércoles 26 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 64006

Constitución y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella, se
inspira en una serie de principios tales como: la equidad, que garantice la igualdad de
oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación; la
inclusión educativa; la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar
cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como
elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y
sociales, con especial atención a las que se deriven de cualquier tipo de discapacidad.
Tercero.
Que las familias o tutores legales de los niños, niñas y jóvenes con discapacidad
auditiva tienen derecho a la elección de la lengua materna de estos y, dentro de las
opciones disponibles, a elegir el modelo de educación, la lengua vehicular de
enseñanza-aprendizaje y el centro educativo.
Cuarto.
Que FIAPAS, entidad representativa de las familias de personas sordas, viene
trabajando, desde hace más de cuarenta y tres años, por lograr la inclusión de los niños
y jóvenes con discapacidad auditiva en todos los ámbitos: familiar, educativo, laboral y
social.
Quinto.
Que FIAPAS apuesta por la inclusión educativa del alumnado con discapacidad
auditiva a través del currículo ordinario, con las adaptaciones y los apoyos que sean
necesarios en cada caso.
Sexto.
Que desde el 10 de marzo de dos mil cinco el Ministerio y FIAPAS vienen
suscribiendo Convenios de colaboración para la atención al alumnado que presenta
necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad auditiva.
Séptimo.
Que en el año 2021 ambas partes consideran necesario continuar impulsando el
trabajo conjunto y avanzar nuevas líneas de actuación que redunden en el incremento de
la calidad de la atención educativa dirigida al alumnado con discapacidad auditiva,
incluyendo las relacionadas con las consecuencias de la pandemia de la COVID-19 en el
ámbito escolar, y por ello se estima conveniente establecer un nuevo Convenio Marco en
el que se introduzcan los avances producidos en los últimos años de colaboración entre
el Ministerio de Educación y Formación Profesional y FIAPAS.
De acuerdo con lo que antecede, ambas partes acuerdan suscribir el presente
Convenio Marco de conformidad con las siguientes

Primera. Objeto del Convenio Marco.
El desarrollo de actuaciones conjuntas que promuevan la inclusión educativa y el
éxito escolar del alumnado que presenta necesidades educativas especiales derivadas
de discapacidad auditiva, y que se caracteriza por su heterogeneidad.

cve: BOE-A-2021-8787
Verificable en https://www.boe.es

CLÁUSULAS