III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2021-8787)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Confederación Española de Familias de Personas Sordas, para la atención al alumnado que presenta necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad auditiva.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Miércoles 26 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 64005

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
8787

Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Confederación Española de Familias de
Personas Sordas, para la atención al alumnado que presenta necesidades
educativas especiales derivadas de discapacidad auditiva.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Confederación Española de
Familias de Personas Sordas han suscrito, con fecha 17 de mayo de 2021, un Convenio
para la atención al alumnado que presenta necesidades educativas especiales derivadas
de discapacidad auditiva, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
Convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 18 de mayo de 2021.–El Secretario General Técnico, Liborio López García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la
Confederación Española de Familias de Personas Sordas, para la atención al
alumnado que presenta necesidades educativas especiales derivadas de
discapacidad auditiva
REUNIDOS
De una parte, doña María Dolores López Sanz, Directora General de Evaluación y
Cooperación Territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional (en
adelante, el Ministerio), en virtud de nombramiento efectuado por Real
Decreto 804/2020, de 1 de septiembre (BOE de 2 de septiembre), en nombre y
representación de dicho Ministerio, conforme a lo previsto en el artículo 7.1 de la Orden
EFP/43/2021, de 21 de enero (BOE de 26 de enero), de delegación de competencias del
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Y, de otra, don José Luis Aedo Cuevas, Presidente de la Confederación Española de
Familias de Personas Sordas (en adelante, FIAPAS), por designación de la Junta Directiva
realizada en su reunión del 21 de octubre de 2020, facultado para firmar este Convenio en
nombre de la Confederación, en virtud del artículo 34 de los estatutos de FIAPAS.
Ambas partes, en ejercicio de las funciones que les han sido legalmente atribuidas,
reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria,

Primero.
Que el Ministerio y FIAPAS actúan en el ejercicio de sus respectivas competencias.
Segundo.
Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, de Educación
(LOMLOE), el sistema educativo español, configurado de acuerdo con los valores de la

cve: BOE-A-2021-8787
Verificable en https://www.boe.es

EXPONEN