III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-8735)
Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Ministerio de Defensa, para la formación profesional y el empleo de los militares de tropa y marinería que mantienen una relación de servicios de carácter temporal con las Fuerzas Armadas y el colectivo de reservistas de especial disponibilidad de la categoría de tropa y marinería (Colectivo Red).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Martes 25 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 63732

detrimento de su eficacia, durante su permanencia en las Fuerzas Armadas, con otras
dirigidas a perfeccionar la formación que les será de utilidad en su incorporación al
ámbito laboral civil.
Que la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, establece en su artículo 65 que las normas sobre personal de las Fuerzas
Armadas procurarán la efectividad del principio de igualdad entre mujeres y hombres,
entre otros, en lo que se refiere a la formación.
Que el 27 de septiembre de 2018, la Comisión de Defensa del Congreso de los
Diputados aprobó el dictamen de Subcomisión designada para analizar la situación
actual del modelo de tropa y marinería profesional definido en la Ley 8/2006, de Tropa y
Marinería; estableciendo cuarenta medidas vinculadas con aspectos relativos a su
formación, la reinserción en el ámbito civil, entre otras, así como del seguimiento y
control de su implementación. La medida 17.ª determina que el Ministerio de Defensa
deberá poner en marcha un programa dirigido al personal que adquiera la condición de
Reservista de Especial Disponibilidad, con una titulación inferior a la de Técnico de
Grado Medio, que le permita obtener la totalidad o parte de la titulación que más se
adapte a su perfil.
Que el Ministerio de Defensa ha expresado su interés en que la formación para el
empleo sea impartida en Unidades de las Fuerzas Armadas, en el marco del sistema de
formación profesional del Sistema Educativo y para el empleo gestionado por el
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Tercero.
Que la finalidad común de ambas partes al firmar este acuerdo es la de articular una
colaboración para la formación profesional para el empleo del personal de tropa y
marinería y el colectivo de reservistas de especial disponibilidad de la categoría de tropa
y marinería (colectivo RED), que complemente la Formación Profesional del Sistema
Educativo.
Que el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Ministerio de Defensa
han manifestado su plena disposición a que, en el marco del sistema de formación
profesional para el empleo, se faciliten los medios de formación que permitirán la mejor
inserción profesional de la población de tropa y marinería y el colectivo RED.
Que el este acuerdo se encuentra excluido de la necesidad de autorización contenida
en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, al instrumentar la concesión de subvenciones al amparo de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en la
instrucción cuarta, apartado 1, de las instrucciones para la tramitación de Convenios
aprobadas por Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017 y publicada
por la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir este acuerdo, que
se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS

El objeto de este acuerdo es canalizar la subvención que concede el Ministerio de
Educación y Formación Profesional al Ministerio de Defensa, a través de la Dirección
General de Reclutamiento y Enseñanza Militar (DIGEREM), para la realización de
acciones de formación profesional para el empleo acreditable y vinculadas al Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales que mejoren la cualificación y complementen
los perfiles profesionales para la reincorporación al mundo laboral civil de los militares
profesionales de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal y el
colectivo RED.

cve: BOE-A-2021-8735
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto del acuerdo.