III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Subvenciones. (BOE-A-2021-8739)
Orden ETD/503/2021, de 13 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en el Instituto Nacional de Estadística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Martes 25 de mayo de 2021

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4. Las ayudas reguladas en esta orden podrán ser compatibles con la percepción
de otras subvenciones o ayudas procedentes de cualesquiera Administraciones o entes
públicos o privados, nacionales, internacionales, o de la Unión Europea, siempre que el
importe conjunto de las mismas sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia
con otras subvenciones o ayudas, no supere el coste de la actividad financiada o no
implique una disminución del importe de la financiación propia exigida al beneficiario, en
su caso, para cubrir la actividad financiada.
En todo caso, la entidad deberá comunicar la obtención de otras ayudas, subvenciones,
ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, una vez tengan
conocimiento de su existencia, y en todo caso, con anterioridad a la justificación de los
fondos percibidos, lo que podrá originar las correspondientes minoraciones en el importe de
la ayuda concedida. Asimismo, en el momento de la justificación, deberá comunicar, en su
caso, la asignación de fondos propios al desarrollo del proyecto.
Artículo 12.

Gastos subvencionables.

1. Las ayudas reguladas en esta orden se destinarán exclusivamente a cubrir los
gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo y ejecución de las
actividades de investigación para las que hayan sido concedidas, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. En el caso de los proyectos presentados por los centros públicos de I+D+i, las
ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:
a)

Costes directos:

1.º Costes de personal: Costes ocasionados por la incorporación al proyecto de
personal técnico de apoyo, sin vínculo estatutario o contractual permanente con el
organismo solicitante, que podrá participar en aquél durante toda o una parte de su
duración, sin que ello implique compromiso alguno en cuanto a su posterior
incorporación a dicho organismo.
2.º Material inventariable: Costes debidamente justificados tales como los de
adquisición de pequeños equipamientos científico-técnicos, material bibliográfico, etc.
3.º Material fungible.
4.º Viajes y dietas.
5.º Otros gastos como la utilización de grandes instalaciones de apoyo a la
investigación, análisis de muestras, actualización de sistemas de análisis de datos, tasas
de publicación de artículos, etc.

3. La concesión de un proyecto no implica el compromiso por parte del INE de
proporcionar medios materiales y humanos de apoyo para su desarrollo. Se entiende
que la financiación concedida en los distintos apartados (inventariable, fungible, viajes y
dietas, otros) es suficiente para el completo desarrollo de aquél. En el supuesto en el que
se precise subcontratar alguna actividad se estará a lo dispuesto en el artículo 29 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
4. Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 12.000 euros,
en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por
empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como
mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contracción del
compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las
especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado
suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se
hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. La elección entre las

cve: BOE-A-2021-8739
Verificable en https://www.boe.es

b) Costes indirectos: En concepto de costes indirectos, los proyectos beneficiarios
podrán recibir hasta un 15 por ciento de los costes directos totales concedidos. Dichos
costes no se concederán si no aparecen indicados en la solicitud presentada por el
investigador principal.