III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-8497)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Ayuntamiento de Albacete y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para la colaboración en el ámbito de la inserción sociolaboral de las personas en situación de privación de libertad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Viernes 21 de mayo de 2021

Quinta.

Sec. III. Pág. 62261

Justificación económica.

El Ayuntamiento de Albacete justificará a la Entidad Estatal de Derecho Público
Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo la ejecución de las acciones
desarrolladas derivadas del Convenio y realizará a fecha 31 de diciembre de cada
anualidad una liquidación que incluya las correspondientes certificaciones de gastos y la
documentación acreditativa de los gastos realizados y el informe de evaluación
cuantitativo y cualitativo del desarrollo y ejecución del proyecto.
Sexta. Mecanismos de seguimiento y control de la ejecución del Convenio y de
compromisos adquiridos.
El Ayuntamiento de Albacete entregará a la Entidad Estatal de Derecho Público
Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, una vez finalizadas las acciones
especificadas en este Convenio un informe de evaluación cuantitativo y cualitativo del
desarrollo y ejecución del proyecto.
Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y
de los compromisos adquiridos y al objeto de garantizar la adecuada coordinación entre
el Ayuntamiento de Albacete y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo
Penitenciario y Formación para el Empleo, se creará la Comisión Mixta para la
coordinación y seguimiento de este Convenio.
La Comisión Mixta estará compuesta por dos representantes de la Entidad Estatal de
Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo y dos representantes
del Ayuntamiento de Albacete.
Por la Entidad Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo los
representantes serán:
a)
b)

El Director-Gerente de la Entidad.
La Jefa del Área de Formación para el Empleo y la Inserción Laboral.

Por parte del Ayuntamiento de Albacete los representantes serán:
a)
b)

La Jefa del Servicio de Empleo y Promoción Económica.
La Técnico de Empleo y Formación.

La Comisión Mixta estará presidida por el El Director-Gerente de la Entidad que
designará a un funcionario como Secretario.
Los miembros de esta Comisión Mixta podrán acudir asistidos por cuantos técnicos
se estimen necesarios.
En caso de ausencia, tanto el presidente como los demás integrantes de la Comisión
Mixta, podrán ser sustituidos por las personas que designen cada una de las partes.
La Comisión Mixta se reunirá, al menos, anualmente o, con carácter extraordinario, a
petición de cualquiera de las partes.

a)
Colaborar en la organización, planificación y preparación de las acciones a
desarrollar, efectuando la correspondiente propuesta de programación de las mismas.
b) Efectuar el seguimiento y evaluación de las acciones y de sus resultados, sin
perjuicio de las competencias de la Entidad Estatal de Trabajo Penitenciario y Formación
para el Empleo, en cuanto órgano encargado de la gestión de las acciones de formación
para el empleo y la inserción laboral con el colectivo de personas privadas de libertad.
c) Estudiar nuevas fórmulas de colaboración entre ambas partes y proponer la
realización de otras acciones en el marco del presente Convenio.
d) Proponer la modificación o ampliación del Convenio si cambiaran las normas o
circunstancias en las que se basa o aparecieran otras nuevas.
e) Interpretar las dudas que puedan surgir como consecuencia del desarrollo del
Convenio.

cve: BOE-A-2021-8497
Verificable en https://www.boe.es

Las funciones de la Comisión Mixta serán las siguientes: