III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-8501)
Resolución de 13 de mayo de 2021, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación de Marcas Renombradas Españolas, para la colaboración en el desarrollo del proyecto Conexión España, red global de directivos españoles en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Viernes 21 de mayo de 2021

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– Programación, coordinación y organización de las actividades que se lleven a cabo
al amparo del presente Convenio.
– Activar sus canales de comunicación propios para la difusión del Proyecto,
incluyendo redes sociales.
– Por las características del proyecto en todas las comunicaciones públicas y
actuaciones a desarrollar, se dará una visibilidad destacada a la Secretaría de Estado de
Comercio y a ICEX.
– Ambas Partes supervisarán las actividades programadas y realizarán un
seguimiento y evaluación de las actividades realizadas.
– Proponer cualquier otra iniciativa que pueda contribuir a la visibilidad y al éxito del
proyecto.
En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por alguna de las Partes en
alguna de las actividades, la otra Parte podrá negarse a otorgar su conformidad en lo
que a la cofinanciación de esa/s actividad/es se refiere.
Ninguna de las actividades aprobadas por la Comisión de Seguimiento podrá
iniciarse hasta que no conste el debido acuerdo entre las Partes respecto de todos
aquellos aspectos que permitan la correcta ejecución de la actividad. El presupuesto
para la ejecución de cada una de las actividades que se acuerde deberá ser aprobado,
siempre con carácter previo, por la Comisión de Seguimiento.
Cuarta.

Comisión de Seguimiento.

Para la ejecución y desarrollo de este Convenio, las partes manifiestan su intención
de que lo presidan los principios de la buena fe y la confianza recíproca. Para el buen
funcionamiento del Convenio se creará una Comisión de Seguimiento, vigilancia y
control de éste en la que participarán las Partes y que estará integrada por dos (2)
representantes designados por FMRE y otros dos (2) designados por ICEX.
Por parte de FMRE, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona que ostenta la dirección General; y
– La persona que ostenta la dirección de Comunicación.
Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona que ostenta la dirección general de Cooperación Institucional y
Coordinación, o persona en la que ésta delegue; y
– La persona que ostenta la dirección ejecutiva de Formación, o persona en la que
ésta delegue.

– Interpretar el Convenio.
– Seguimiento, vigilancia y coordinación de las actuaciones que en virtud de este se
desarrollen.
– Resolver las incidencias que puedan derivarse de su ejecución.
– Respecto al desarrollo del Proyecto, acordar las cuestiones establecidas en la
cláusula segunda, incluyendo la aprobación del Plan de lanzamiento.
– Coordinar las actuaciones que en virtud de este se desarrollen, e informar a las
partes de su evolución.
– Cuantas otras se le asignen en el clausulado del presente Convenio.
Las reuniones de la Comisión de seguimiento podrán celebrarse por medios
electrónicos. La Comisión podrá reunirse cuantas veces lo solicite cualquiera de las
Partes, con una antelación mínima de diez (10) días hábiles; adoptará sus acuerdos por
unanimidad de sus miembros, y de todas las sesiones se levantará la correspondiente
acta, correspondiendo a cada una de las partes, de forma alterna en cada una de las
sesiones que se celebren, ocupar el puesto de presidente y de secretario. Para todo lo

cve: BOE-A-2021-8501
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión de Seguimiento tendrá asignadas las funciones de: