III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-8501)
Resolución de 13 de mayo de 2021, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación de Marcas Renombradas Españolas, para la colaboración en el desarrollo del proyecto Conexión España, red global de directivos españoles en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 121

Viernes 21 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 62291

– Desarrollar una herramienta tecnológica para la gestión del proyecto (web, con
áreas pública y privada) y gestionar la comunidad.
– Desarrollar y recopilar contenidos propios (informes, artículos, entrevistas, etc.)
para la red.
– Organizar conjuntamente actividades específicas (eventos, webinars, seminarios,
reuniones, etc.).
– Desarrollar herramientas y canales de comunicación.
La enumeración de las actividades mencionadas constituye un marco en el que se va
a desarrollar la colaboración entre las Partes, por ello, si bien las Partes reconocen que
lo deseable sería dar cumplimiento a todas ellas, se dará prioridad a la realización de
aquellas que en base a un criterio de oportunidad tengan un mayor y mejor impacto en
sus intereses comunes.
Igualmente, también debido a un principio de oportunidad, las Partes pueden
apreciar la necesidad de realizar actividades complementarias directamente relacionadas
con el objeto del presente Convenio sobre las indicadas en los puntos anteriores. El
acuerdo para la realización de estas nuevas actividades se tomará conjuntamente por
las Partes en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula cuarta, y
solo será posible si ello no supone un incremento de la aportación económica máxima
prevista para cada una de las Partes en el presente Convenio.
Tercera. Obligaciones de las partes.
3.1
a)

Obligaciones individuales de las Partes.
Por parte de FMRE:

– Elaboración de un Plan de Actuación en el que se detallen las actividades a
realizar en el marco del proyecto de acuerdo con las líneas de actuación establecidas y
los gastos previstos. Este plan incluirá también la previsión de contrataciones, las cuáles
se realizarán conforme a la normativa que le sea de aplicación y será elevado a la
Comisión de Seguimiento para su aprobación dentro de los primeros dos meses desde
que el Convenio adquiera eficacia.
– Llevar la gestión económica de las actividades que se realicen en el marco del
presente Convenio estableciendo la selección y contratación de las agencias o
proveedores que se consideren necesarios para el desarrollo del proyecto, incluyendo
los pagos y/o cobros con terceros. Para estas contrataciones se procurará, cuando ello
sea posible, solicitar al menos tres ofertas a diversos proveedores capacitados para
ejecutar el objeto del Convenio.
– Preparación de las memorias justificativas contempladas en el presente Convenio.
b)

Por parte de ICEX:

3.2

Obligaciones conjuntas de las Partes.

Para la realización del objeto del presente Convenio, las Partes asumirán,
conjuntamente, las siguientes obligaciones:
– Ejecución de las actividades y la aprobación previa de sus presupuestos.
– Elaboración y aprobación de las convocatorias de actividades, de forma previa a
su difusión, para determinar conjuntamente su enfoque, así como la documentación que
va a ser entregada a los participantes.

cve: BOE-A-2021-8501
Verificable en https://www.boe.es

– Aprobación, en el seno de la Comisión de Seguimiento, del Plan de Actuación.
– Informar a la Oficinas Económicas y Comerciales de las misiones diplomáticas
permanentes de España en el exterior, en su condición de centros de actuación de ICEX
fuera de España, para que se sumen a la difusión del Proyecto en sus respectivas
demarcaciones.