I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Cambio climático. (BOE-A-2021-8447)
Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de mayo de 2021

Sec. I. Pág. 62014

ecológica de las empresas, las metodologías de trabajo y del mercado laboral en general.
Estos esfuerzos crearán oportunidades de empleo decente, incrementando la eficiencia de
los recursos y construyendo sociedades sostenibles con bajas emisiones de carbono.
Resulta por todo ello necesario mejorar la capacidad del Estado para hacer frente a las
oportunidades y a los desafíos de la transición ecológica y de la descarbonización
mediante una Estrategia de Transición Justa, que sirva como guía de acción para optimizar
los beneficios y minimizar los riesgos sobre el empleo.
La ley establece un marco para facilitar la equidad en la transición a una economía
descarbonizada, ofreciendo herramientas de aprendizaje y transparencia obligatorias que
ayuden a detectar y evaluar riesgos y oportunidades y mejorar las decisiones de inversión.
Así, entre otras cuestiones, se precisa el contenido de las obligaciones de reporte no
financiero de las empresas cotizadas con el fin de incorporar la información relativa al nivel de
exposición a riesgos climáticos y de carbono y las estrategias y objetivos para su mitigación.
IV
Esta ley consta de cuarenta artículos distribuidos en nueve títulos, nueve disposiciones
adicionales, tres disposiciones transitorias, una disposición derogatoria única, y quince
disposiciones finales.
El título preliminar contiene las disposiciones generales de la ley, relativas al objeto y
a sus principios rectores.
El título I recoge los objetivos mínimos nacionales de reducción de emisiones de gases
de efecto invernadero, energías renovables y eficiencia energética de la economía
española para los años 2030 y 2050: las emisiones del conjunto de la economía española
en el año 2030 deberán reducirse en, al menos, un 23 % respecto al año 1990 y se deberá
alcanzar la neutralidad climática a más tardar en el año 2050. Además, en el año 2030
deberá alcanzarse una penetración de energías de origen renovable en el consumo de
energía final de, al menos, un 42 %, un sistema eléctrico con, al menos, un 74 % de
generación a partir de energías de origen renovable y mejorar la eficiencia energética
disminuyendo el consumo de energía primaria en, al menos, un 39,5 % con respecto a la
línea de base conforme a normativa comunitaria. Dichos objetivos, además, serán
revisables, sin que puedan suponer una disminución del nivel de ambición medioambiental
y deberán reflejar la mayor ambición posible. El objetivo de reducción de emisiones de
gases de efecto invernadero a 2030 que se plantea para el conjunto de la economía
española es coherente con el aumento de ambición que ha fijado el Consejo Europeo
de 10 y 11 de diciembre de 2020, que acordó un objetivo a 2030 de reducción de emisiones
de la Unión Europea de, al menos, un 55 % respecto a los niveles de 1990, como senda de
reducción de emisiones para alcanzar la neutralidad climática en la Unión en 2050, en
línea con los objetivos de París. En este contexto, España, consciente de la necesidad de
un aumento de la ambición europea, reforzó con anterioridad a este acuerdo sus
compromisos en emisiones de gases de efecto invernadero, energías renovables y
eficiencia energética en el PNIEC 2021-2030 con el que se materializa la consecución de
los objetivos de esta ley. El PNIEC responde a la senda que asegurará el mejor modo
desde el punto de vista ambiental y socioeconómico para lograr la plena descarbonización
de España en 2050. El objetivo establecido a 2030 implica una disminución de un 39 % de
las emisiones difusas respecto a 1990, según la evaluación de la Comisión Europea sobre
el PNIEC de España, sobrepasando en 13 puntos la meta fijada para estos mismos
sectores en el Reglamento europeo sobre el reparto de esfuerzos vigente en ese momento.
El compromiso de avanzar y adelantar la ambición climática se recoge en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, que sitúa a la transición ecológica como uno
de sus ejes centrales. En este contexto el Gobierno de España trabaja para acelerar los
objetivos del PNIEC adelantando su implementación de manera que la agenda climática
se convierta en motor de una recuperación económica verde e inclusiva.
No obstante, siguen siendo necesarias más medidas para que las emisiones globales
de gases de efecto invernadero se reduzcan en un 7,6 % cada año como recomienda el
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).

cve: BOE-A-2021-8447
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Núm. 121