III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Becas. (BOE-A-2021-8428)
Orden TFP/483/2021, de 13 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de una Beca Inap-Fulbright de formación y perfeccionamiento profesional en los Estados Unidos de América.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 120

Jueves 20 de mayo de 2021

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Realizada la selección, la concesión definitiva de la beca dependerá de la admisión
del candidato seleccionado en la correspondiente universidad de Estados Unidos, de la
ratificación de la selección por parte del «J. William Fulbright Foreign Scholarship Board»
y de la obtención de un visado «Exchange Visitor (J-1)».
Asimismo, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución
legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la
solicitud de concesión de la subvención, según prevé el artículo 25.5 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
Contra la resolución definitiva de concesión de las becas, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de
un mes desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo conforme a lo
establecido por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.
5. En el caso de que el candidato, una vez seleccionado, no dispusiera todavía de
admisión en una institución de educación superior estadounidense, deberá realizar los
siguientes exámenes requeridos por la mayoría de las instituciones de dicho país y
solicitar el envío directo de los resultados a la Comisión Fulbright:
a) Test of English as a Foreign Language (TOEFL). Código: Commission for
Educational Exchange U.S./Spain, Madrid (9214). http://www.toefl.org
b) Graduate Record Examination (GRE): General Test. Código: United States
Educational Comm. Spain (R9214, Dpt. 0000). http://www.gre.org
La Comisión Fulbright facilita la información necesaria sobre estas pruebas, pero ni
gestiona ni administra su realización, aunque sí sufraga su coste.
6. Cualquier cambio en las características del proyecto deberá contar con la
aprobación expresa de la Dirección del INAP.
Criterios para determinar la dotación de la beca.

1. El INAP se hará cargo de los costes del programa de la beca con cargo al
presupuesto del año posterior al de la convocatoria, según lo previsto en el artículo 47 de
la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Para ello, las becas
podrán convocarse en régimen de tramitación anticipada al amparo de lo previsto en el
artículo 56 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. La dotación máxima anual de la beca se fijará en cada convocatoria y se
financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 22.101.921O.483 del presupuesto del
INAP para el año siguiente, quedando condicionada su concesión a la existencia de
crédito adecuado y suficiente.
De acuerdo con lo previsto en el apartado cuarto, punto 3, del Convenio Marco, en
cada convocatoria, el INAP transferirá el montante efectivo de la beca adjudicada y de
sus costes indirectos a la Comisión, sin necesidad de constitución de garantía, y con
carácter previo al inicio de dicha beca, una vez se haya procedido a la adjudicación
definitiva y posterior admisión en la institución estadounidense, como muy tarde, antes
del 31 de julio del año del comienzo del programa.
3. Cada convocatoria, asimismo, concretará la cuantía de cada una de las
asignaciones, así como la de los gastos administrativos de la entidad colaboradora en
España.
4. La dotación de la beca cubrirá las asignaciones destinadas a la persona becada
y los gastos administrativos generados en España por la entidad colaboradora para la
gestión de la beca, los cuales estarán sujetas a las disponibilidades presupuestarias en
cada ejercicio para esta beca. La cuantía individualizada de las diferentes asignaciones,

cve: BOE-A-2021-8428
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Artículo 6.