III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Confederación Hidrográfica del Tajo. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-8334)
Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, O.A., por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Miércoles 19 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 59919
diciembre de 2020, no era imprescindible, ni relevante, ni tenía materialidad alguna, por lo que dicha
reformulación no afecta a la imagen fiel que las cuentas formuladas en octubre de 2020.
V. Otra información
La otra información comprende la información referida a sus indicadores financieros, patrimoniales y
presupuestarios, al coste de sus actividades y a sus indicadores de gestión del ejercicio 2019, cuya
formulación es responsabilidad del órgano de gestión de la Entidad.
Nuestra opinión de auditoría sobre las cuentas anuales no cubre la otra información. Nuestra
responsabilidad sobre la otra información, de conformidad con lo exigido por la normativa reguladora
de la actividad de auditoría de cuentas, consiste en evaluar e informar sobre la concordancia de la otra
información con las cuentas anuales, a partir del conocimiento de la entidad obtenido en la realización
de la auditoría de las citadas cuentas y sin incluir información distinta de la obtenida como evidencia
durante la misma. Asimismo, nuestra responsabilidad con respecto a la otra información, es evaluar e
informar de si su contenido y presentación son conformes a la normativa que resulta de aplicación. Si,
basándonos en el trabajo que hemos realizado, concluimos que existen incorrecciones materiales,
estamos obligados a informar de ello.
No podemos opinar sobre la Otra información a que se refiere el párrafo inicial de esta sección, debido
a que no nos ha sido posible comprobar que la otra información concuerde con la información que
sobre la misma cuestión esté incluida en las cuentas anuales ni esté libre de errores u omisiones de
acuerdo con lo establecido en la regulación indicada, puesto que, no se ha presentado la información
correspondiente a las notas relacionadas con los indicadores financieros, patrimoniales, de gestión y
coste de actividades.
Como se describe en la sección Fundamento de la opinión con salvedades, en la memoria de la entidad
se omite información sobre la condición de medio propio de la entidad auditada, así como y las cuentas
anuales no reflejan una provisión de gastos relacionados con una sentencia condenatoria. En
que es preciso realizar en esta sección.
cve: BOE-A-2021-8334
Verificable en https://www.boe.es
consecuencia, hay que tener presente el efecto que dichas cuestiones generan en las comprobaciones
Núm. 119
Miércoles 19 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 59919
diciembre de 2020, no era imprescindible, ni relevante, ni tenía materialidad alguna, por lo que dicha
reformulación no afecta a la imagen fiel que las cuentas formuladas en octubre de 2020.
V. Otra información
La otra información comprende la información referida a sus indicadores financieros, patrimoniales y
presupuestarios, al coste de sus actividades y a sus indicadores de gestión del ejercicio 2019, cuya
formulación es responsabilidad del órgano de gestión de la Entidad.
Nuestra opinión de auditoría sobre las cuentas anuales no cubre la otra información. Nuestra
responsabilidad sobre la otra información, de conformidad con lo exigido por la normativa reguladora
de la actividad de auditoría de cuentas, consiste en evaluar e informar sobre la concordancia de la otra
información con las cuentas anuales, a partir del conocimiento de la entidad obtenido en la realización
de la auditoría de las citadas cuentas y sin incluir información distinta de la obtenida como evidencia
durante la misma. Asimismo, nuestra responsabilidad con respecto a la otra información, es evaluar e
informar de si su contenido y presentación son conformes a la normativa que resulta de aplicación. Si,
basándonos en el trabajo que hemos realizado, concluimos que existen incorrecciones materiales,
estamos obligados a informar de ello.
No podemos opinar sobre la Otra información a que se refiere el párrafo inicial de esta sección, debido
a que no nos ha sido posible comprobar que la otra información concuerde con la información que
sobre la misma cuestión esté incluida en las cuentas anuales ni esté libre de errores u omisiones de
acuerdo con lo establecido en la regulación indicada, puesto que, no se ha presentado la información
correspondiente a las notas relacionadas con los indicadores financieros, patrimoniales, de gestión y
coste de actividades.
Como se describe en la sección Fundamento de la opinión con salvedades, en la memoria de la entidad
se omite información sobre la condición de medio propio de la entidad auditada, así como y las cuentas
anuales no reflejan una provisión de gastos relacionados con una sentencia condenatoria. En
que es preciso realizar en esta sección.
cve: BOE-A-2021-8334
Verificable en https://www.boe.es
consecuencia, hay que tener presente el efecto que dichas cuestiones generan en las comprobaciones