III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Confederación Hidrográfica del Tajo. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-8334)
Resolución de 5 de mayo de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, O.A., por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Miércoles 19 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 59920
VI. Responsabilidad de la Dirección de la Confederación Hidrográfica del Tajo
en la auditoría en relación con las cuentas anuales
El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo es responsable de formular las cuentas anuales
adjuntas, de forma que expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los
resultados de la entidad, de conformidad con el marco normativo de información financiera aplicable
a la entidad en España, y del control interno que consideren necesario para permitir la preparación de
cuentas anuales libres de incorrección material, debida a fraude o error.
En la preparación de las cuentas anuales, el órgano de gestión es responsable de la valoración de la
capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento, revelando, según
corresponda, las cuestiones relacionadas con la empresa en funcionamiento y utilizando el principio
contable de empresa en funcionamiento excepto si el órgano de gestión tiene la intención o la
obligación legal de liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista otra alternativa
realista.
VII. Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de las cuentas
anuales
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que las cuentas anuales en su conjunto
están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que
contiene nuestra opinión.
Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de
conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas para el Sector Público
vigente en España siempre detecte una incorrección material cuando existe. Las incorrecciones
pueden deberse a fraude o error y se consideran materiales si, individualmente o de forma agregada,
puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman
basándose en las cuentas anuales.
de cuentas vigente para el Sector Público en España, aplicamos nuestro juicio profesional y
mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría.
cve: BOE-A-2021-8334
Verificable en https://www.boe.es
Como parte de una auditoría de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría
Núm. 119
Miércoles 19 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 59920
VI. Responsabilidad de la Dirección de la Confederación Hidrográfica del Tajo
en la auditoría en relación con las cuentas anuales
El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo es responsable de formular las cuentas anuales
adjuntas, de forma que expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los
resultados de la entidad, de conformidad con el marco normativo de información financiera aplicable
a la entidad en España, y del control interno que consideren necesario para permitir la preparación de
cuentas anuales libres de incorrección material, debida a fraude o error.
En la preparación de las cuentas anuales, el órgano de gestión es responsable de la valoración de la
capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento, revelando, según
corresponda, las cuestiones relacionadas con la empresa en funcionamiento y utilizando el principio
contable de empresa en funcionamiento excepto si el órgano de gestión tiene la intención o la
obligación legal de liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista otra alternativa
realista.
VII. Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de las cuentas
anuales
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que las cuentas anuales en su conjunto
están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que
contiene nuestra opinión.
Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de
conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas para el Sector Público
vigente en España siempre detecte una incorrección material cuando existe. Las incorrecciones
pueden deberse a fraude o error y se consideran materiales si, individualmente o de forma agregada,
puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman
basándose en las cuentas anuales.
de cuentas vigente para el Sector Público en España, aplicamos nuestro juicio profesional y
mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría.
cve: BOE-A-2021-8334
Verificable en https://www.boe.es
Como parte de una auditoría de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría