III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2021-8333)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Cartagena, para el estudio e investigación de actuaciones y medidas para la reducción del riesgo de inundación de áreas urbanas en el Campo de Cartagena y su armonización con el Plan de Vertido Cero del Mar Menor.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119
Miércoles 19 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 59869
participen o se beneficien de su uso, no existiendo el deber jurídico de soportarlos, podrá
dar lugar a la correspondiente indemnización que se tramitará conforme a las normas de
la legislación civil y principios de responsabilidad patrimonial establecidos en el
capítulo IV del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, conforme al
procedimiento regulado en la Ley 39/2015, siguiéndose lo establecido en el artículo 34.2
de la Ley 40/2015 para la determinación de su cuantía.
Décima.
Régimen jurídico.
El presente Convenio tiene carácter administrativo se regirá por lo establecido en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y en lo no regulado expresamente por los principios generales del
derecho administrativo.
Undécima. Confidencialidad de la información y resultados y propiedad de los
resultados.
Los datos obtenidos y la utilización de los mismos quedan restringidos al uso interno
de las entidades que suscriben el Convenio, para los fines que se deriven de la
competencia de cada una de ellas.
Cualquier uso diferente de estos datos que las partes pretendan realizar, así como la
entrega de los mismos a terceros, deberá ser autorizado por la Comisión Mixta de
Seguimiento, quedando tal acuerdo debidamente documentado todo ello a salvo de la
legislación vigente relativa a la protección de datos.
Los resultados de los trabajos objeto del Convenio serán propiedad de los dos
organismos que suscriben el mismo. Lo anterior se sobreentiende sin merma del
derecho de uso de los resultados por el equipo investigador para fines científicos, ni del
de la CHS para su incorporación a los expedientes o a las pertinentes estadísticas y
memorias de actividades. Lo dispuesto en esta cláusula seguirá siendo de aplicación
posteriormente a la finalización del Convenio.
Asimismo, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente (la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los
derechos digitales (LOPD) y su normativa de desarrollo) sobre tratamiento informático de
datos de carácter personal y secreto estadístico.
Duodécima.
Jurisdicción competente.
La solución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente Convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes,
a través de la Comisión Mixta de Seguimiento. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo,
será competente la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad se suscribe el presente Convenio.–Por la Confederación
Hidrográfica del Segura, O.A., el Presidente, Mario Andrés Urrea Mallebrera.–Por la
Universidad Politécnica de Cartagena, la Rectora, Beatriz Miguel Hernández.
Memoria técnica de actuaciones a realizar dentro del presente Convenio
Estudio e investigación de actuaciones y medidas para la reducción del riesgo de
inundación de áreas urbanas en el Campo de Cartagena y su armonización con el Plan
de Vertido Cero del Mar Menor
1. Antecedentes. Las lluvias registradas durante los pasados días 11, 12 y 13 de
septiembre de 2019 alcanzaron valores superiores a los 200 litros por metro cuadrado en
el periodo de veinticuatro horas de acuerdo con los pluviómetros situados en diversos
cve: BOE-A-2021-8333
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO I
Núm. 119
Miércoles 19 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 59869
participen o se beneficien de su uso, no existiendo el deber jurídico de soportarlos, podrá
dar lugar a la correspondiente indemnización que se tramitará conforme a las normas de
la legislación civil y principios de responsabilidad patrimonial establecidos en el
capítulo IV del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, conforme al
procedimiento regulado en la Ley 39/2015, siguiéndose lo establecido en el artículo 34.2
de la Ley 40/2015 para la determinación de su cuantía.
Décima.
Régimen jurídico.
El presente Convenio tiene carácter administrativo se regirá por lo establecido en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y en lo no regulado expresamente por los principios generales del
derecho administrativo.
Undécima. Confidencialidad de la información y resultados y propiedad de los
resultados.
Los datos obtenidos y la utilización de los mismos quedan restringidos al uso interno
de las entidades que suscriben el Convenio, para los fines que se deriven de la
competencia de cada una de ellas.
Cualquier uso diferente de estos datos que las partes pretendan realizar, así como la
entrega de los mismos a terceros, deberá ser autorizado por la Comisión Mixta de
Seguimiento, quedando tal acuerdo debidamente documentado todo ello a salvo de la
legislación vigente relativa a la protección de datos.
Los resultados de los trabajos objeto del Convenio serán propiedad de los dos
organismos que suscriben el mismo. Lo anterior se sobreentiende sin merma del
derecho de uso de los resultados por el equipo investigador para fines científicos, ni del
de la CHS para su incorporación a los expedientes o a las pertinentes estadísticas y
memorias de actividades. Lo dispuesto en esta cláusula seguirá siendo de aplicación
posteriormente a la finalización del Convenio.
Asimismo, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente (la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los
derechos digitales (LOPD) y su normativa de desarrollo) sobre tratamiento informático de
datos de carácter personal y secreto estadístico.
Duodécima.
Jurisdicción competente.
La solución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente Convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes,
a través de la Comisión Mixta de Seguimiento. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo,
será competente la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad se suscribe el presente Convenio.–Por la Confederación
Hidrográfica del Segura, O.A., el Presidente, Mario Andrés Urrea Mallebrera.–Por la
Universidad Politécnica de Cartagena, la Rectora, Beatriz Miguel Hernández.
Memoria técnica de actuaciones a realizar dentro del presente Convenio
Estudio e investigación de actuaciones y medidas para la reducción del riesgo de
inundación de áreas urbanas en el Campo de Cartagena y su armonización con el Plan
de Vertido Cero del Mar Menor
1. Antecedentes. Las lluvias registradas durante los pasados días 11, 12 y 13 de
septiembre de 2019 alcanzaron valores superiores a los 200 litros por metro cuadrado en
el periodo de veinticuatro horas de acuerdo con los pluviómetros situados en diversos
cve: BOE-A-2021-8333
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO I