III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-8255)
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta regasificadora de gas natural licuado en el Puerto el Musel, Gijón (Principado de Asturias)".
30 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 59407

En todo caso no se detectan afecciones a los núcleos residenciales más próximos, ya
que el mencionado radio de afección de 976 m tiene su centro en el punto donde se origina
el escenario accidental que es concretamente en la zona de atraque, ubicándose ésta a
más de 1.500 m de la zona residencial «El Muselín». Por otro lado se considera que la
probabilidad de ocurrencia de este escenario es «poco probable», cuantificando dicha
probabilidad en 5,75 E-6 año-1. Teniendo en cuenta todo lo anterior, el estudio de
vulnerabilidad concluye que, considerando la baja probabilidad de ocurrencia del suceso
más desfavorable junto con las consecuencias que provocaría dicho escenario, considera
que la vulnerabilidad de la planta de regasificación ante este peor escenario es muy baja.
Finalmente, se informa en el EsIA, el AR concluye que «la planta dispone de las
salvaguardas tecnológicas suficientes y adecuadas para prevenir accidentes y, en caso
de su ocurrencia, se garantizaría una respuesta rápida y eficaz para mitigar sus efectos
tanto para las personas, como para el medio ambiente y la propiedad».
En lo referente a las catástrofes naturales las amenazas consideradas para la
evaluación de la vulnerabilidad de la planta son las siguientes, las cuales se basan en
información disponible publicada por el Principado de Asturias (se indica además la
vulnerabilidad determinada en el estudio):
– Condiciones meteorológicas adversas, que incluye:
• Lluvias torrenciales: muy baja.
• Temporales: muy baja.
• Nevadas y aludes: despreciable.






Inundabilidad: muy baja.
Sismicidad: muy baja.
Incendio forestal: muy baja.
Deslizamiento/Desprendimientos geológico: despreciable.
Tsunamis: muy baja.

Por último, también se ha estudiado la vulnerabilidad de la planta ante los efectos
ambientales derivados del cambio climático concluyendo que la vulnerabilidad de la
planta de regasificación ante los efectos del cambio climático, es muy baja en todos los
escenarios, por lo que no es necesario tomar acciones preventivas o adaptativas,
adicionales a las ya consideradas.
Efecto dominó:
Según información obrante en el expediente, en el documento AR, se incluyen las
zonas de efecto dominó generadas por los valores umbrales definidos en la normativa. A
partir de dichas zonas se ha elaborado un análisis detallado donde, para cada escenario,
se han analizado:
Las instalaciones afectadas por el efecto dominó.
El tipo de daño que genera.
La posible evolución/concatenación de efectos.
Las salvaguardas tecnológicas para evitar y/o minimizar.

Del análisis de las zonas de efecto dominó obtenidas se puede concluir que dichas
zonas se limitan al interior de la planta o a unas decenas de metros en el exterior de la
misma, pero en ningún caso los valores umbrales alcanzan instalaciones del entorno, por
lo que en base a dichas distancias puede concluirse que como consecuencia del efecto
dominó no se generarán situaciones accidentales en establecimientos vecinos. Teniendo
en cuenta lo anterior, en el análisis de vulnerabilidad no se consideran escenarios
adicionales a los generados por la propia planta de regasificación, al no haber afección
en las instalaciones del entorno por efecto dominó y en concreto a las siguientes:
– La empresa CLH, S.A. (compañía Logística de Hidrocarburos).

cve: BOE-A-2021-8255
Verificable en https://www.boe.es