III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-8255)
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta regasificadora de gas natural licuado en el Puerto el Musel, Gijón (Principado de Asturias)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de mayo de 2021

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de pardelas (Procellariidae), alcatraces (Sulidae), págalos (Stercorariidae), gaviotas
(Laridae), charranes (Sternidae), alcas, araos y frailecillos (Alcidae), etc. Adicionalmente,
numerosas especies de pájaros (Passeriformes) usan los hábitats de matorral y
praderías del entorno del Cabo Torres.
Así mismo en el área de estudio se resalta la presencia de: porrón pardo, pardela
cenicienta, pardela balear, pardela pichoneta, fumarel común, petrel gon-gon, milano
real, águila pescadora y colirrojo real. Todas estas especies están recogidas en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas.
Entre los cetáceos destaca la presencia del delfín común (Delphinus delphis), el
delfín mular (Tursiops truncatus), la marsopa común (Phocoea phpococea) y
avistamientos ocasionales de zifio de Cuvier (Ziphius cavirostris) y calderón común
(Globicephala melas).
En relación a la fase de funcionamiento las afecciones principales que se poda la
fauna marina se deben al incremento en el tráfico de buques así como a la captación de
agua y posterior vertido de los vaporizadores «Open Rack», lo que puede afectar al
plancton, bentos y necton cercanos a la instalación. El agua de mar de la conducción por
gravedad, debido a la baja temperatura (hasta 5 ºC inferior a la temperatura del mar) y su
contenido en cloro (0,6 ppm), supone una alteración de las condiciones ambientales del
medio, lo que podría ocasionar la disminución de la velocidad de crecimiento de las
especies y alejamiento de algunas especies de la zona inmediata al vertido, efectos sobre
la cadena alimentaria y modificación en la composición de las comunidades marinas.
Teniendo en cuenta que el punto de vertido se localiza dentro de la dársena en un
área fuertemente antropizada, que según la modelización realizada los efectos de la
pluma térmica generada no son significativos fuera del espigón incluso en el caso más
desfavorable estudiado y que la concentración de cloro libre esperada a 15 metros del
punto de vertido es de 0.1 ppm, no se esperan impactos significativos sobre la fauna
marina debido al vertido. Si bien para garantizar la no afección se establecerá en el plan
de vigilancia ambiental el seguimiento de este efecto.
Por su parte el atraque de barcos metaneros hará que aumente el tráfico en el
puerto, lo que podría afectar a los cetáceos, aunque según el EsIA no se espera un
efecto significativo debido al hecho de que no existen grupos residentes en la zona y a
que los datos de varamientos y avistamientos revelan una baja presencia de estos
mamíferos por la zona de estudio. Además, se ha estimado un volumen anual de 75
buques metaneros, lo cual constituye menos del 10 % del tráfico anual descrito para el
periodo 1990-2016 en el puerto de El Musel.
También, en relación a las afecciones a la fauna, el EsIA señala dos impactos
potenciales durante la fase de desmantelamiento: el estrés generado por la
contaminación acústica de las obras y las alteraciones en el hábitat por la presencia de
maquinaria. En este caso se trata de impactos de carácter temporal similares a
cualquier obra civil.
Durante la fase de desmantelamiento son varios los factores que pueden afectar a la
fauna marina: labores de acondicionamiento, ocupación de terrenos, viales y
pavimentos, movimiento de maquinaria, etc., que indudablemente generarán molestias
aunque de carácter temporal. Las afecciones debido a estas actuaciones llevan asociado
un riesgo de incremento de turbidez: una alteración de las características del medio
marino por la presencia de partículas y sedimentos en suspensión que afectarían al
plancton, y por tanto a la producción primaria, al bentos y al necton, y en definitiva a la
cadena trófica.

cve: BOE-A-2021-8255
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Núm. 118