III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-8255)
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta regasificadora de gas natural licuado en el Puerto el Musel, Gijón (Principado de Asturias)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 59402

Fauna terrestre:
La fauna terrestre potencialmente afectada sería:
– Mamíferos:
• Los micromamíferos con poblaciones cercanas, donde la diversidad de especies es
baja, destacando pequeños ratones y topillos.
• Los quirópteros: la bibliografía describe la presencia potencial en la zona del
murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii) catalogado como especie vulnerable en
el CREA.
• La garduña (Martes foina), habiendo sido detectado durante el plan de vigilancia
desarrollado durante las obras de construcción varios excrementos de esta especie en
el entorno del faro del Cabo Torres.
– Herpetofauna:
• La bibliografía describe la presencia potencial de la Ranita de San Antón (Hyla
arbórea), catalogada como vulnerable en el CREA; si bien esta especie no fue detectada
durante el plan de vigilancia ambiental de la fase construcción.
• Durante los muestreos fueron detectados hasta 7 individuos de tritón palmeado
(Lissotriton helveticus) en el pequeño aljibe existente en la zona central de la Campa
Torres.
Durante la fase de funcionamiento se destacan los impactos a esta fauna asociados
a la contaminación lumínica así como al ruido, aunque como se ha comentado
anteriormente se trata de un entorno fuertemente antropizado. Por consiguiente, según
la información obrante en el expediente y los informes de los órganos competente no se
prevé un impacto significativo en este sentido.
Durante la fase de desmantelamiento es esperable un impacto de mayor intensidad
debido al trasiego de maquinaria y a un incremento de la presión sonora. En todo caso son
impactos de carácter temporal, similares a los identificados en la fase de construcción.
Flora y vegetación:
Las instalaciones se ubican sobre suelo portuario hormigonado, y por tanto sin
vegetación.
La ocupación del suelo por la planta de regasificación de GNL, así como los
movimientos de tierras y materiales asociados a su construcción, no supusieron una
destrucción de la cubierta vegetal ya que la planta se ubica sobre suelos totalmente
artificiales. Por tanto el impacto sobre la vegetación durante esa fase está vinculado al
movimiento de maquinaria y al acopio de materiales, que podrían haber causado la
existencia de partículas en suspensión que podrían llegar hasta la vegetación cercana,
depositándose sobre sus hojas, taponando sus estomas y provocando una menor
eficiencia en las tasas de fotosíntesis y transpiración. Previsible en la fase de
desmantelamiento los impactos serían similares a los señalados durante la construcción,
tratándose de impactos indirectos de carácter temporal.

Según información obrante en el expediente no se detectan espacios protegidos que
puedan verse afectados directa o indirectamente por esta instalación, y en este mismo
sentido informa la Dirección General de Biodiversidad de la Consejería de
Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.

cve: BOE-A-2021-8255
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Espacios protegidos: