III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-8254)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universitat Politècnica de València, para la gestión del riesgo de inundación en la Vega Baja del Segura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

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herramientas necesarias para desarrollar este Convenio, cuando derivara en lesión o
daño para los firmantes o cualquiera de los particulares que colaboren, gestionen,
participen o se beneficien de su uso, no existiendo el deber jurídico de soportarlos, podrá
dar lugar a la correspondiente indemnización que se tramitará conforme a los principios
de responsabilidad patrimonial establecidos en el capítulo IV del Título Preliminar de la
LRJSP, según el procedimiento regulado en la Ley 39/2015, siguiéndose lo establecido
en el artículo 34.2 de la Ley 40/2015 para la determinación de su cuantía.
Décima.

Régimen jurídico.

El presente Convenio tiene carácter administrativo siéndole de aplicación lo
establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y en lo no regulado expresamente por los principios
generales del derecho administrativo.
Undécima. Confidencialidad de la información y resultados y propiedad de los
resultados.
Los datos obtenidos y la utilización de los mismos quedan restringidos al uso interno
de las entidades que suscriben el Convenio, para los fines que se deriven de la
competencia de cada una de ellas.
Cualquier uso diferente de estos datos que las partes pretendan realizar, así como la
entrega de los mismos a terceros, deberá ser autorizado por la Comisión Mixta de
Seguimiento, quedando tal acuerdo debidamente documentado todo ello a salvo de la
legislación vigente relativa a la protección de datos.
Los informes y resultados de los trabajos objeto del Convenio serán propiedad de los
dos organismos que suscriben el mismo. Lo anterior se sobreentiende sin merma del
derecho de uso de los resultados por el equipo investigador para fines científicos, ni del
de la CHS para su incorporación a los expedientes o a las pertinentes estadísticas y
memorias de actividades. Lo dispuesto en esta cláusula seguirá siendo de aplicación
posteriormente a la finalización del Convenio.
Como conocimiento previo la UPV aporta al Convenio lo siguiente:
– R-19368-2017 -Programa de simulación hidrológica TETIS (núcleo de cálculo).
Este Convenio no comporta ninguna licencia de uso ni de explotación sobre los
modelos propiedad de la UPV. Cualquier mejora realizada a los mismos como
consecuencia de la ejecución de este Convenio y versiones posteriores del software,
pertenecen exclusivamente a la UPV.
Asimismo, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente (la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los
derechos digitales (LOPD) y su normativa de desarrollo) sobre tratamiento informático de
datos de carácter personal y secreto estadístico.
Duodécima.

Transparencia y protección de datos de carácter personal.

La CHS y la UPV se obligan expresamente a respetar los principios, disposiciones y
medidas de seguridad previstos en el Reglamento General de Protección de Datos
UE 2016/679 y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales así como cualquier otra norma
vigente o que se promulgue en adelante sobre la protección de datos de carácter
personal.
La finalidad del tratamiento de los datos personales tendrá por objeto lo estipulado en
la cláusula primera de este Convenio y la gestión administrativa del mismo. En desarrollo

cve: BOE-A-2021-8254
Verificable en https://www.boe.es

Información sobre el tratamiento de datos de carácter personal de los responsables
designados para hacer el seguimiento del Convenio y las personas firmantes de este: