III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-8243)
Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Consorcio Casa África y la Asociación Centro de Divulgación Cultural del Estrecho Al Tarab, para la realización conjunta de actividades en el marco del Festival de Cine Africano de Tarifa/Tánger-FCAT.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Martes 18 de mayo de 2021

Quinta.

Sec. III. Pág. 59243

Protección de datos.

Las partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal a que, en su caso,
tengan acceso o sean objeto de cesión en el marco de aplicación del presente Convenio,
de conformidad con lo que dispone el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos (Reglamento general de protección de datos) y a lo dispuesto en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Sexta. Publicidad.
Durante el período de vigencia del Convenio, AL-TARAB y Casa África deberán
incluir la identidad corporativa gráfica de ambas partes en todo el material de difusión
editado y relacionado con las actividades objeto de este Convenio, así como en cualquier
acto de promoción, presentación o difusión de dichas actividades. Ambas partes se
comprometen a incluir un link de la otra parte en sus páginas web.
Con independencia de que su soporte sea papel o electrónico, en el encabezado de
la documentación que las partes produzcan para la gestión de las actividades objeto del
presente Convenio deberán figurar sus logotipos oficiales. Además, AL-TARAB se
compromete a mandar por correo electrónico a Casa África el diseño final de todos los
soportes que llevan su logo antes de proceder a su publicación o difusión. La visibilidad
de la marca de Casa África deberá ser proporcional a la aportación que esta institución
hace para la realización de las actividades objeto de este Convenio en relación con las
aportaciones de las otras entidades organizadoras o colaboradoras.
AL-TARAB se compromete también a remitir a Casa África, en formato digital, una
selección de las fotografías tomadas y de los vídeos grabados con motivo de las
actividades desarrolladas en el marco del presente Convenio, autorizando al Consorcio a
la comunicación pública, con fines divulgativos, de dichos materiales, bajo cualquier
formato, a través de los canales online y offline del Consorcio.
Con tal fin, las partes se autorizan mutuamente al uso de los signos distintivos y
marcas explotadas bajo las condiciones establecidas en este pacto. Esta autorización de
uso se extinguirá automáticamente en el momento de terminación del Convenio
cualquiera que sea la causa. Más allá de lo recogido en esta cláusula, la referida
autorización no supondrá la concesión a favor de ninguna de las partes de derecho ni
expectativa de derecho alguno, sea de la naturaleza que sea, sobre las marcas o signos
distintivos de cada entidad.
Vigencia y eficacia.

El presente Convenio surtirá efectos una vez esté inscrito, en el plazo de cinco días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, y sea publicado, en el plazo
de 10 días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado», sin
perjuicio de su publicación facultativa en otros boletines o diarios oficiales; o a través de
otros medios.
La vigencia del Convenio será de cuatro (4) años, a contar desde que, conforme al
párrafo anterior, surta efectos.
No obstante, dicha vigencia podrá prorrogarse por acuerdo unánime de las partes,
antes del vencimiento del plazo inicial, teniendo en cuenta los límites previstos en el
artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público. Dicha prórroga deberá plasmarse en la correspondiente adenda, que se
adjuntará al presente texto y se comunicará al Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación.

cve: BOE-A-2021-8243
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.