III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Auditoría de Cuentas. Normas técnicas. (BOE-A-2021-8095)
Resolución de 4 de mayo de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se someten a información pública las Normas Técnicas de Auditoría, "Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros" e "Identificación y valoración del riesgo de incorrección material".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Sábado 15 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 58305

(ii)

Derechos y obligaciones: la entidad posee o controla los derechos de los activos, y los pasivos
son obligaciones de la entidad.

(iii)

Integridad: se han registrado todos los activos, pasivos y patrimonio neto que tenían que
registrarse y se ha incluido toda la información a revelar relacionada que se tenía que incluir en
los estados financieros.

(iv)

Exactitud, valoración e imputación: los activos, pasivos y el patrimonio neto figuran en los
estados financieros por los importes adecuados y cualquier ajuste resultante a la valoración o
imputación ha sido adecuadamente registrado, y la correspondiente información a revelar ha sido
adecuadamente medida y descrita.

(v)

Clasificación: los activos, pasivos y el patrimonio neto se han registrado en las cuentas
apropiadas.

(vi)

Presentación: los activos, pasivos y el patrimonio neto han sido adecuadamente agregados o
desagregados y están descritos con claridad y la correspondiente información a revelar es
pertinente y comprensible en el contexto de los requerimientos del marco de información
financiera aplicable.

A191. Las afirmaciones descritas en el apartado A190(a)–(b) anterior, adaptadas según corresponda, también pueden
ser utilizadas por el auditor al considerar los diferentes tipos de incorrecciones que pueden darse en la
información a revelar que no está directamente relacionada con tipos de transacciones, hechos o saldos
contables registrados.
Ejemplo:
Un ejemplo de esa información a revelar incluye cuando es posible que la entidad esté obligada por el marco
de información financiera aplicable a describir su exposición a riesgos originados por instrumentos
financieros, incluido cómo surgen dichos riesgos; los objetivos, políticas y procedimientos para gestionar
los riesgos y los métodos utilizados para medir los riesgos.
Consideraciones específicas para entidades del sector público
A192. Apartado suprimido.
Riesgos de incorrección material en los estados financieros (Ref: Apartados 28 (a) y 30)
Por qué el auditor identifica y valora los riesgos de incorrección material en los estados financieros

A194. Además, los riesgos de incorrección material en los estados financieros también pueden afectar a afirmaciones
concretas y la identificación de estos riesgos puede ayudar al auditor en la identificación de riesgos de
incorrección material en las afirmaciones y en el diseño de procedimientos posteriores de auditoría para tratar
riesgos identificados.

51

NIA 330, apartado 5

cve: BOE-A-2021-8095
Verificable en https://www.boe.es

A193. El auditor identifica y valora los riesgos de incorrección material en los estados financieros con el fin de
determinar si estos tienen un efecto generalizado sobre los estados financieros y, en consecuencia, requerirían
una respuesta global de conformidad con la NIA 33051.