III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Auditoría de Cuentas. Normas técnicas. (BOE-A-2021-8095)
Resolución de 4 de mayo de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se someten a información pública las Normas Técnicas de Auditoría, "Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros" e "Identificación y valoración del riesgo de incorrección material".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116
Sábado 15 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 58261
profesional para determinar cuándo tiene evidencia de auditoría que proporciona un fundamento adecuado para
la valoración del riesgo.
cuestionar información contradictoria y la fiabilidad de los documentos;
considerar las respuestas a indagaciones, así como otra información, obtenidas de la dirección y de los
responsables del gobierno de la entidad;
prestar una especial atención a las circunstancias que puedan ser indicativas de posible incorrección
debida a fraude o error; y
considerar si la evidencia de auditoría obtenida sustenta la identificación y valoración de los riesgos de
incorrección material teniendo en cuenta la naturaleza y las circunstancias de la entidad.
cve: BOE-A-2021-8095
Verificable en https://www.boe.es
A13. La aplicación de escepticismo profesional por el auditor puede incluir:
Núm. 116
Sábado 15 de mayo de 2021
Sec. III. Pág. 58261
profesional para determinar cuándo tiene evidencia de auditoría que proporciona un fundamento adecuado para
la valoración del riesgo.
cuestionar información contradictoria y la fiabilidad de los documentos;
considerar las respuestas a indagaciones, así como otra información, obtenidas de la dirección y de los
responsables del gobierno de la entidad;
prestar una especial atención a las circunstancias que puedan ser indicativas de posible incorrección
debida a fraude o error; y
considerar si la evidencia de auditoría obtenida sustenta la identificación y valoración de los riesgos de
incorrección material teniendo en cuenta la naturaleza y las circunstancias de la entidad.
cve: BOE-A-2021-8095
Verificable en https://www.boe.es
A13. La aplicación de escepticismo profesional por el auditor puede incluir: