III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2021-7949)
Orden CUD/464/2021, de 10 de mayo, por la que se modifica la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas estatales para la producción de largometrajes y de cortometrajes y regula la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 57212

I. Producciones de imagen real (puntuación mínima requerida: 15)

Puntuación máxima
35

B.3

Al menos el 50 % del trabajo en grabación de música o postproducción de audio o postproducción de imagen se realiza en
España.

4

B.4

Al menos el 50 % de las empresas proveedoras de elementos técnicos (cámara, iluminación, sonido, maquinistas) del rodaje
en España son españolas.

4

I. C

Personal ciudadano o residente español o en otro país del Espacio Económico Europeo (cuando el puesto que se indica sea
ocupado por varias personas, se obtendrá puntuación si al menos a una de ellas cumple el requisito).

C.1

Director o directora.

4

C.2

Guionista.

2

C.3

Compositor o compositora.

2

C.4

Director o directora de fotografía.

2

C.5

Productor ejecutivo o productora ejecutiva.

1

C.6

Actor o actriz protagonista.

4

C.7

Al menos el 50 % del resto del personal artístico.

2

C.8

Jefe o jefa de equipo (diseñador/a de producción principal, diseñador/a de vestuario principal, montador/a principal,
diseñador/a de sonido principal, supervisor/a principal de efectos visuales, supervisor/a principal de maquillaje y peluquería).

2

C.9

Al menos el 50 % del personal técnico y de producción, en las escenas rodadas en España.

4

II. Producciones de imagen de animación y efectos visuales y postproducción (puntuación mínima requerida: 15)

8

Puntuación máxima
35

II. A

Contenido Cultural.

18

A.1

Al menos 5 escenas de la producción están ambientadas en España, en otro país del Consejo de Europa, en uno de los
países hispanohablantes entendiendo por tal, y en lo sucesivo, el país donde el español o el castellano es la lengua oficial) o
en una localización fantástica, imaginaria o que no pueda ser determinada.

6

A.2

Al menos un personaje principal es español o de otro país del Espacio Económico Europeo, de un país hispanohablante o de
una nacionalidad que no se puede determinar.

3

A.3

Al menos 2 localizaciones representativas y reconocibles como España, sirven como el escenario de una escena cada una.

4.

A.4

La trama refleje el patrimonio artístico o cultural, la realidad social o un periodo histórico relevante, así como personajes o
lugares míticos.

4

A.5

Diálogo original grabado principalmente en español o en alguna de las lenguas oficiales de España o de otros países del
Espacio Económico Europeo

8

A.6

Una versión final de la producción estará disponible doblada o subtitulada en español o en otra lengua oficial española.

2

A.7

Que se incluya en la obra lengua de signos españolas reconocidas en España como propias, realizada en España.

1

II. B

Desarrollo de los trabajos de la producción.

B.1

Porcentaje de gastos de diseño de personajes, fondos, pre-visualización y animación/efectos visuales realizados en España
por obra o por capítulo.

9

B.1.2 Al menos el 50 %

8

B.1.3 Al menos el 33 %

7

B.1.4 Al menos el 25 %

6

B.1.5 Al menos el 15 %

5

B.1.6 Al menos el 10 %

4

B.2

Al menos el 50 % del trabajo en grabación de música o postproducción de audio o postproducción de imagen se realiza en
España, por obra o por capítulo.

8

4

cve: BOE-A-2021-7949
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Núm. 114