III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Delegación de competencias. (BOE-A-2021-7938)
Orden AUC/462/2021, de 28 de abril, por la que se fijan los límites para administrar gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Jueves 13 de mayo de 2021

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Todas las referencias a la moneda euro, se entienden realizadas a su equivalente en
divisa o moneda local, en los casos en que proceda.
Esta orden se dicta al amparo del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y del artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de
noviembre, del Gobierno.
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Fijación de límites
Primero. Fijación de límites.
Se fija en doce millones de euros el límite por debajo del cual las personas titulares
de las diferentes Secretarías de Estado del Departamento y de la Subsecretaría podrán
administrar los créditos del servicio presupuestario propio de los respectivos órganos
superiores y directivos de los que son titulares y de los servicios presupuestarios de sus
órganos dependientes, aprobar y comprometer los gastos con cargo a aquellos créditos
y reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago en el marco del plan de
disposición de fondos del Tesoro Público. Se exceptúa de lo anterior los expedientes con
cargo al programa 000X «Transferencias internas», en que el límite se fija en cincuenta
millones de euros; los relativos al pago de cuotas obligatorias a Organismos
Internacionales dentro del ámbito de competencia de la Secretaría de Estado de Asuntos
Exteriores y para Iberoamérica y el Caribe, cuyo límite se fija en veinticuatro millones de
euros; y los relativos a los créditos incluidos en cada Secretaría de Estado y de la
Subsecretaría que se refieran a las retribuciones del personal, así como a anticipos
reintegrables, préstamos, sentencias y recursos, en que el límite se fija en veinticinco
millones de euros, siendo competente la persona titular de la Subsecretaría por razón de
la materia.
Se fija en doce millones de euros el límite por debajo del cual las personas titulares
de las diferentes Secretarías de Estado del Departamento y de la Subsecretaría podrán
conceder subvenciones y ayudas con cargo a los créditos de gasto propios de los
respectivos órganos superiores y directivos de los que son titulares y de sus órganos
dependientes.
Dichos límites de gasto se entienden sin perjuicio de las delegaciones que se
efectúen en esta orden.
CAPÍTULO II
Competencias delegadas por la persona titular del Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Segundo. Delegación de competencias por la persona titular del Ministerio en las
personas titulares de las Secretarías de Estado del Departamento.

a) La designación de la representación del Ministerio en los órganos colegiados o
grupos de trabajo en los que no esté previamente determinada la persona titular del
órgano superior o directivo que deba representar al Departamento, en el ámbito de sus
competencias.
b) La resolución de recursos administrativos y la declaración de lesividad de los
actos administrativos en el ámbito de su competencia.
c) En la persona titular de la Secretaria de Estado de la España Global, la
competencia para aprobar los Planes de Acción anuales de la Red de Casas.

cve: BOE-A-2021-7938
Verificable en https://www.boe.es

Se delegan en las personas titulares de las Secretarías de Estado del Departamento
las siguientes competencias: